BCC00R42-7-10p1-4d000000000000410

337 338 81 á 101 46 y 50 63, 56, 59 61 y 64 66, 67, 70 73, 74, 78 104 170 83 En virtud de cuya r esoluci ón so licitó Tudcl a que se hicieran los espr esados requerimi ento s, y mandad o así por el Ju ez, se pr ac ticar on en debida forma según aparec e á los folios 339 vt. 0 y 340, 405 ú 441 vt. · y 619 á 628. COMPARECENC IA DE LOSDEMANDADOS. Hecho s los emplazamientos ú los mismos por me– dio de desp achos á los Ju eces municipal es, compa– reci eron en au tos en la forma sig uient e: El Pror . D . Pedro N olasco Di az ú nombr e y con pod er ba s tant eado del Ayuntamiento de Fit ero. El Pror. D. Manu el Espadas ú nombr e y con po– deres de los Ayuntami e.ntos ele Cascant e y Cintruéni– go qu e han litigado unidos. El Pror. D. Br au lio Dia z (t_ nomb1·e y con poder del Ayuntam ient o de Corella . El Pror. habilitado p ar a este caso Don Isidro 1-Iuarte á nombr e y con poder de l Ayuntamiento de Murchante. El Pror. habilitado p ar a este caso Don Fel i.T Conde ú nombr e y con poder del Ayuntam iento de Monteagudo . A todos los cuales se les tuvo por part e mandún– do se á s u tiempo con testar ú la demanda . OTRO INC I DENTE. Lo pr omovió el Ayuntamiento de Mur chant e por no tener es t e demanda<lo el carac tcr y per sonalid ad con qu e se le demand aba , ni tener plantaci ones en los mont es de Cierzo y Argenzón ni repr esenta r ú los qu e las t engan; y por ello suplicó se tuvi era por for– mulad a la es cepci ón dilatoria 4. ª de las scüa ladns en el artícul o 533 de la Ley de Enj uiciamicnt o civil por trúmit c de pre vio y especial pr 0nunciamiento ; y qu e pr evio traslado al actor se declarase en . ·u díu qu e el Ayuntami ento de Murch ant e no venía obligado ú con– t es tar á la demanda. ' Eva cuad o el tra s lado por Tudela pidiendo qu e se de ses timara la escepción dilat oria propu es ta; y pra c-

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz