BCC00R42-7-10p1-4d000000000000410

~----- -- -- ----- -- -- - ----- ~~ ~@) ~ 2146 2184- DECLARATIVO DE MAYOR CUANTIA Seguido en el J u:Jgado de pFilnera instancia de Tudela pop el Ayuntanúento de esa 1nis1na ciLldad, como den1a nda nte, conlJ>a los de Cascan.le . Cin– t J>uénigo , C01•ella, Fitero , Monteagud o y MuFchanl e, com o demandados , sobre división de los M onles de Cierzo y AFgenzón poseídos en coniün poF los Fefe– Pidos siete pueblos . De estos solo Jigu1 ·ah Jioy en conceplo de litigantes, Tu dela co1no demandante; y Corella y Fitero como demandado s ; pu es habien – do apelado estos dos y los otros cilatro dichos de la sentencia que dictó el In,Je1•ior, no conipareció el Ay unta m iento de M onleagudo en esla A ~ldiencia dentro de término á sostener la apelación, y se separaron de ella los de Cascant e, Cintru énigo y Mur clia n te,· poi, lo que ltwo la Sala á estos pol' desistido s, y decla1•ó en CLlanlo á aquél desiez,Loel l°ecurso . ESTADO En npelación, según q11cdn incli <·iHlo, de l a sent en– cia di clu da por·el Ju ez ele Tud cln eon í'<'e!Hl 1G <le' Juni o de 1890, dccla1·nnclo hnher luga r· (1 In di ,·i si6n de los mont es comun es ele Cie1·zo y A rgc nzr>n posef<l o. e11 común por los sie te puebl os liti gan tes, cuy o.· mnnl c:s son l o clcmn r c.:ado · <'n el rc conoc irni<'nlo y umoj()nll– miento ú qu e e r efi el'e el r csultancl <>cuarl o (lwc hn

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz