BCC00R42-7-10p1-4d000000000000410
La sentencia dictada poF el JLlzgado de pl'ime1·a instancia de Tudela, en cuanto por ella se ordena la dil!Jisiqn de los Mon tes de Ciet>zoentFe los siete pLleblos que disfrLltan en co1nún sus aproIJecliamientos, en CLlanto declara qile bajo esa deno1ni– nación se compFenden los teFrenos así designados en el acla de deslinde y aniojonaniiento apFobada pal" la Diputac ión FoPal y PFol!Jincial en EJ de Enero de 18 57, y en cuan to es– tablece las bases á que debe siijetaz•se el FepaFto, fue1·a de las señaladas con los nú1neros 1.º, 3 .º, 4 .º y 7.º, es justa y debe confiFmaiose. Expuestos ya los antecedentes precisos para examin nr en el te– rreno ext riclam ente lega l las cuestiones enu nciadas, p1·ocur·arcrn o~ en lo sucesivo autoriznr todas nuestras obse rvn cioncs, ciLílndo ln ley, la doctrina ó el principio jurídic o que las confit'mn , para lo <;ual acudiremos al Derecho Romano, aquí vigente con el ca rncLl.t' de supl etorio , cuando en la Leg is lación Gene ral aplicable ú esta Provincia, 6 en la Foral de Navaren, no hallemos resolu ciones su– bre las materias s ujetas ú nuestr-o cxúrnen . Y advertimos desde luego qu e al tratar de la cuest ión particular contcn lcla en el epígrafe que precede, nos limitar emos (1 simples indicacione. , ya porque los diversos puntos que abraza fueron discutidos con amplitud en primera insta ncia, ya también porque la rcpresentac.:ión de Tudcla, que pide la confi rmaci ón de la se nt enc ia, declicarú una gran pnttc de s u alegato á demostrar la procedencia de la división de los Mon– Lcs ele Cierzo, y la necesidad de que se comprendan en el r cpurLo los términos de Niénzobas y Turungen, s i han de rcspelal'SC los dc– eechos adquiridos al amparo de la Ley . No necesitaron las antiguas civilizaciones de una larga expc rien– eia para convencerse de que si la asociac ión y la Comunidad pro – ducen bienes incalculabl es , mientras existe la completa unidad de miras cntee los condueños ó asociados, las consecuencias son de– sastrosas cuando la disc ord ia se intr oduce, cua nd 1) los soc ios ó co– muneros disienten mús ó menos en sus apreciáciones ó proyectos;
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