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• 818 807 823, 826- 830 844. 856· 830 835, 838 166 del correspond ien te exhorto y demás r equisitos, el Gobernador civil comunic ó al Ju ez de 1.ª instancia que á pesar de haber se r evisado con todo cuidad o el legnjo corr espondi ente al año 1862, negociado d e Montes, as í como los demá s antecedentes obrantes en el arch ivo) no aparecía el acta á que se ha cía r efe– l'encia . Pidió así bien que se traj era á los auto s ccrtifica – eión del acta ó actas de los acue rd os tomados ant e el propi o Gobernad or civil en Mayo de 1879 por los re– presentantes do los pueblos congozantes de los 1·fon– Les de Cierzo y Argenzón cuya copia no acompai'íó ú Ju con tes lación por no tenerla autorizada, si bien hizo cita de su original. Y dirigido con ese objeto por el referido Ju ez al mismo Gobernador un oficio int c– re súndolc facilitara dicha cert ificación, contes tó que no habí a .·iclo hallada el acta de 1879 ú que se al udía . La rnismn par'tc dijo que como el tes timonio de la !:;CnLencia dictada por la Real Corte ele Navarra en 4 ele Juli o ele 1G73 que as í bien acompalíó al pr ecitado esc rit o, se hallaba tan es tr opeado por el tiempo que eon dificultad se leía su contenido y firmas que le autorizan, le convenía, pa ra mús facil int eligencia) que se coLejara con el originnl .obran Le en el archi YO de esta Audiencia, como en efecto se coteje\ r es ultan– do confo1·miclad (t escepc ión ele alguna s s ílaba s qu e faltan en el mencionado documento . Y po i· úlLimo, mani fcsLó que la repetida entencia ftt<.\ confil'lnacln por ot ra del ai'ío 1735 en p leito que ~iguie1·n11 Jns mismas pa1·tcs y sobr e la misma cosa, cuyn dec isión <..;iLó en el hecho 5. 0 de contestación ü los efectos el(' pru eba, int crcsúndo lc que se traj era eel'LiAcnclo ele dlo con referencia ú su or ig inal que cle– hía oln·n1· en el archivo ck rs la Aud iencia ú la que se dirigiera con ese fin el col'rcsp ondicnte suplicatorio. Librado é~tc, se expidió por el Sect'otario ele gobier- 110 la comp ulsa prctcnclicla ele la que res ulta que por sentencia ele Ia Rl~al Col'tc de G de Septie mbr e ele 173G ::;e nrnncló guc1r<.la1· las sentencias conform es de (orte y Consejo ele 4 y 21 de Juli o ele 1673, en cuya ejecuciün y cumplim iento ~e manda ahora que la Ciudad ele Tu dela, dcfenclientc, reparta ú los Yecinos

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