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--513- los Sucesores de Vuillanme, Mrs. Gaud & Bernardel, el año 1888, pagando por él veinte mil francos, aunque el recibo dice "veinte y cinco mil fra ncos,, . m Sr. Gaud, entusiasta admira.: dor de Sarasate dijo qne se lo vendía al costo, sin beneficio alguno, porq ue NO CONOOIA OTRO ARTISTA EN EL MUNDO DIGNO DE POSEERLO. Y no era infiel á la ver~ dad este hijo de Mernurio, pués además de que lo subrayado lo reconoció ya el mundo entero, al día siguiente de la opera– ción, pretendió Gaud .deshacer el trato, ateniéndose al recibo', . es decir reintegrando á Sarasate veinte y cinco mil francos eii vez de los veinte mil safo:fechos, á cambio de recuperad a joya adquirida veinte y cuatro horas antes por el "único digno de po– seerlct,, . Rehu.só el artista la propuesta, convencido sin duda de su buena operación, tanto que á los dos años siguientes, en Nueva-York, retuvo también en su poder el instrume11to de que me ocupo, á pesar de la deslumbraclora' oferta de ochenta mil francos qne le hicieron los yankis. · · Y ¿donde está - preguntarán los amigos de la fábula, ' los sed ucidos por la leyenda, los partidarios de lo fantástico-don– de está el Stradivarins rojo de 1713, regalado por Isabel II al niño Sarasa.te? P rescindamos de la impropiedad qne habría revestido el regalar á un niño, un violín de hombre, impropiedad que no cabe en una Reina; olvid·~mos qne j nmás sus íntimos oyeron á Sa1·asate tal especie, y que este se disgustaba cuantas veo-es escuchó la fábula de t.'ll rP.galo; prescindamos de que tenía :.\ gala d ecir y repetir que sus dos Strndivarius los habfa. adqui– rido con el sudor de sn ro$tro; olvidemos que al legar Sarasate ese tesoro a l Conservatorio de Madrid, lo hace movido por su li bre y expontAnea voluntad, sin aludir en su testamento oló– grafo á condicional posesión, limitada propiedad, restringido dominio ni compromiso alguno q ne sobre la persona ni sobre el objeto gravitaran; y aunque también quisiéramos momentá– neamente prescindir de prueba tan abrnma<lora como el res– guardo aludido, comprobante de la adquisición, ¿cómo nos ex– plicaríamos que si tenía desde niño aquel Stradivarius y ha– bienJo ya en 18613 recorrido media Europa, se dejara oír del público, cual venia haciéndole>, con un Yiolín no más que "mediano ,:> de marca anónima, ó al menos nada famosa? L a contestación condnce al absurdo inadmi sible. Ni Doña Isabel II, á pesar de su protección á Sarasa.te, le hizo tal regalo, ni mucho menos impuso á nuestro infantil Yiolinista la condición de '}UC el soñado instrnmento volviese á ;;;

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