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. 7 parte lesdan poder, y facultad CUllipJida ; para qnc: combocandofen con losnombrados , por dicho Va.. lle, puedan arvicrar, y rdolver fobre rodas las dife. rencias , y pleycos, que tienen entre die dicho Lu.. gar, y dicho Valle , y f obre los dichos daí1os caufa.. dos endichas Bordas, y Cerraduras, atuigablen1en-. te,haciendo en eíl:arazon laEfcritura de tranfacion; Ó fentencia arvicraria > que fean neceílarias, a tJUÍe• nes para eíl:eefe{to les prorrogan jurisdicion cum~ plida , obligandofe, con10 defde luego fe obligan con fus perfonas, y bic:nes n1ucbles, y rJke s, dere– chos, y acciones , havidos , y por ha ver, y con los propiJs , y rencasde eíl:e dicho Lugar , a paífar por lo gue cxecutaren dichos arvitros fin efcufa alguna; con10 {i fuera fencencia paífada en cofa juzgada; para .lo qual renunciaron el recurfo al alvedrio d~ buen varon , y para en caf o de fer lefas, o danifi-. ~adas dhs p~1<tes en la fencencia, que por ella fe: pro nunc iMe bs leyes de la lefsion enorme , y enor• rnifs:n1J ,y la .fecunda co/Jdice de recindenda ven·· dict0ne, ultra demid,um jufli preci, y la de reij íiJtzJoris precis, avifados de fus difpoficiones por rni el dicho Efcrivano de que doy fee; y eíl:epoder~ y foct1 lradles d~n a losdichos arv itros, con calidad expreffa, y no íin ella, de que en el caíro, que no conformaren en dicho ajuíl:e, haya de fer, y fea, ú11 que lesperjudique a los dichos concejantcs los ro– curfos que cieocnde querelbrfe, y pedir los d;iÓos atentados , y procedin1iencos executados por el di• eho Valle, ( us I)iputados , tv1iniíl:ros , y de mas per– f a nas, y finque por razon de otorgar eíl:e poder, fe hJ viíl:o 3 partarf e del pleyco, que fe halla pendcnre en el dichoReal Confcio , f obre la confin11acion. , ~· - del

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