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,',.,3' ' - tenciofos en la difputadelp?eyio. y afsimif mo de~ tenninan , y declaran, que en correfpondencia reci-i proca de los Vecinos, ni bavitantes del dicho Valle; ni eíle concejil, ni fingularmence,puedan con nin– ,gun pretexto hacer losdichos eones de fuíl:a, leña; y material , ni otro alguno en el cerricorio feñala~ do :i y declaradopara el dicho Lugar de Zugarraº irnurJi para dichos eones > y para plantaciones; lo qual fe obferve , cun1pla, y execute fin en1bargode J;i poílefsion i que ambas partes alegaban tener an.. ics de ella declaracion, pues por Ja paz , y concor~ <liade unos) y de otros aparcan del derecho de dla a cada una de lasparces, y las inhiven , y vedan, pa... ,·a que en dichosparagesno hagan los referido.5 cor~ tes }ni plantaciones. OJ!,e e~, ,6 Icen1 \l teniendo prefente ~ que afsi en el ter.: 'lo.r pri- 1nino , y J urifdiccion adjudicado por privativo , Y. 'iJu:ros 40 propioal dichoLugar de Zugarra1nurdi , como en <.ño,- Je dque Je va feñlladopara hacer cortes~y planiacio... les d3 Ji.. nes ~ no ::ay al prcfencearboles f ufic.ienres para fabri~ cc,1ci:1 d ca de cafas, ni tan1poco los necdTorios» y que pue~ lo r de de íuceder averlosmeneíl:ercon preciGon , por que• Z º... ~Ar .. ·· rn:.úfe algL1na cafa de el dicho Lugar , o averfe de ;!'..im r.trdi, rccdific~u , declaran, y detern)inan , que f ucediendo porcl! 7 tJ ,.,ulkfuiera de dichos dosc¡1fos, feles haya de dar li– l/e Jhú a ~cnciapor d Alcalde, y Regin1iento de dichoVac coi t 1 ' r de lle ., y lJ niverfidaddeHazt:1n a los d¡chos de Zuga- '1t lrJ~':' aaniurd i, paracortar d n1adcra1nen neceílario p;ra 1U 1 ,ÍI)- , iichasfabricasen parages con, odos , pidiendodicha : 7 ) ~'. (l.r dt. ti<. cncia;.y ju(tifican<lo b necdsid:id, conque eílo f 0 ° e,.. : · · ( ft c;1tienda durante los qu~1rcntl aí1os prio1eros: ,H mJus dc(Je b data de ena Efr rirL1ra en adebnce; . 171 tiempo {~ h;it:econcepto ertaran criad9s lo~\ ar.,. ~

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