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p.. l ' el l ,. l . guas , y aprovec ¡amiento e e lile 10 termmo, da- <lo, feÍlalado> y limitado al dicho Monaflerio,co. JnO las Jemas end,reccras, y terminas de Baztall, {ill c1ue Jos dichos Abad, y 1\10nges, ni otros les pOllgan impedimento, (all' o quando los ganados de diCha tierra fueren hallados en heredades rem– b rados de dicho termino cerraJas, puedan en tiem– po de fruto prendarlos, y hacerles pagar la pena, y calumnia, que (e lIeba, y hale pagel[ en la di– cha ticm, y Valle. Y para que el aprovecha– miento de el didlO termino, fctlJI,¡Jo , y limirado en l1uallto J las yerbas, y agms, (e con(erve me– jor para el ayudal1liedto de la dicha tierra de Baz– tall, dcda r:¡ron, que la dicha tierra pudiene pren– dar, GlfnerCar [uera, becbar todos los" ganados:– dlrangcros, que fe hallanen en el dicho termino feÍlalado para dicho Monalterio, y tambien de los bordcantcs; y caferos de el; que fe hallarel1 exce· diendo, y mas d~ el dicho numero lbJaraJo, con que el] hazer los dichos prendamienros , y carne· Tal11icmos, aya de inrervenir un Jurado de la di. dla [ierra, y con las dichas condiciones dicho ter– mino limirado, todo lo comprehenfo en dichas li– mirJciones fca il perpctno en I'ropricdad, y poffef- J ion para el dicho Monallerio, fin lJue la dichari– erra, ni paniculares de ella FueJan hazer cafa, ni Lord,¡ :"buna en d. Sin 'll1C contenga mas dicha 0Cllll':lIÓ,¡ arbirraria, la qual fue aceptada por lal !'artes, y prcfcnrada en la Real Corre fe confirmo, y aprobu, cOllClenalldo a las parees i fu obrel van– ei,l; y collfentida por ellas, fe mando darb exc– cutorial, como fe dió el año de mil qllinienrm nooclltJ -y LIBO, Por

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