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.4 Y [aeror de fu Herreria mayor; y que JllOCjue no dhbJ fi jo en el numero de ayas, que avia conado, fc pcrfuadia avia en clbs fllhcicnrc material para la Jifpoficion de ciemo y cincuenta cargas de ,carbon, y con vi{la ele e{la r-efpue{la , d~feando dicho Al· caide ,[cufar di[cnfiones, y pleyws, ordene) a di. cho 1\ ramburu no rcduxcDe a carbon , ni ~, otros , ' fines las ayas, ql\c avia cortado, fino qvc las de. ;(J(k como e{laban , para quien con legirimacion bs huvicl1e de aver;.y porque en fu con.. aviacol1:, travcnido ,a la Sentencia de la 'Real Cone, de la que avia recurfo pendcnre en,eJ Real ConÍejo, y avia /ido :1 ClLlf:l de el co{le , y gal10 '- qL1~ en fu priEion avia renido el Jurado de Lecaroz, hacien– do traher EfcriV3no defde el Lugar de Arizcun a e{le de Elizondo , qqe di(la una legua, para .efeao de recivirle fu decl"raciol1 , lo condeno en,<]uarcn– tJ y ocho reales , y con/imiendo en c1b, aLkilri6 dicho Aramburu, que refrceto ~e hall;ufe /i n di– nero, yaver hecho dicho corte de ayJ> en ,,¡"'Id de orden, que le dio el citado i'vlongc, d:lll,¡[ ¡i,¡ JuJa queria farisfaccr.los garros, re le (k~í~ 'ibcl'f:1..1 I I 'C f ' '" J ' (e J l'nl~jon en t1ue J e_ILH;~lu3, 'J' ~¡::.un t¡crrirJO "j . • .'" l para d3rle quema a lhiJo Religiofó ; y al'i';ndolc t :r.nc (;L1!l..io lU10:¡ y otro,) fe k :lpcróvi¿ con iLH> va rriEion, y con lo dcnú; ,Lll1C !lllvi,'ile [Ug,H fmo lo, r:.giva. Avicndo apelado de enos prQcedimien;os cr¡ tiempo , y en forma el 1\ ('11 i\ 101iai1crio de ~,1¡i ::;31,\ ador de Urebx, obmro cirJciol1, y compul fml" , y auto, para ll11c /i(ndo verbales los redIl );cllcn á efcrico, y rcmiricl\cn , y que no ellando l'rc(lu por una caufa, fuc!fc pw;{lo en iibcrcad Ji· C 1 10

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