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JI mas de Borda, vecino de la Villa de Maya, elma– tcrial de el mame de Aglliregui, fe obtuvo de la Real Corte á inflancia de dicho Real Monaflerio inhibicion de corres de arboles, y por Semencia de dicha Real Corre, fe mando alzar la dicha in– hibicion, la qual fe ha execurado, y execura con– forme a la Ley, como confla de el pleyro, qlle al prefenre fe halla en grado de fuplicacion eD el Real Confejo , a que fe remi ren para en prueba de lo que alegan, y cn lo necc(jario diran los [cfligos. 7 Los [cfligos l. 3.4. 5· 6·7· 8. y 9· concex– tan, en ql1e [aben, y les cona", que los Dipucados nombrados por la Univer!idad de Saz[an vendie– IOn una porcion de mame Ayedo en el rermino llamado Aguiregui, jurifdicion fuya, a Don Juan ¡ !Jamas de Borda, vecino de la Villa de Maya. avra un año de tiempo poco mas, o mellOS, por efcritura en roda fo rma, que aviendofe apueflo a dicha venta el Real Monaflerio de San Salvador de Urdax, obtuvo inhibicion de corre de arboles de la Real Corre, la qll.ll en vifla de auw\ nun– dó kbanrarb; y que aviendo fupli cado con a:;ra– vios al i~eal Confejo dicho Mona(\erio , fe lllll.l en el pendenre la caLlfa, y que !in embargo de dicho recurfo, les tonfla,que aétualmeme tr.lbaj.1VJIl 1m oficiales Carboneros de parte de dicho Borda en el exprel1ado mome de Aguiregui. ARTICVLO %. S ALegan, qLle el dicho mame de Agnircgui, y rojos los demlS de dicho \' dile, km prop;ios: y privJtivos de d, y no COmll!1Crm CU!l di– '·1¡· '-' . ./

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