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CAPITULO 6. 0 ORGANIZACION DEL REGIMEN SOLIDARISTA. LA FAMILIA. EL MUNICIPIO SOCIAL . EL DERECHO DE VECINDAD Aquí tratamos del reg1men ya constituído, describiendo como tiene que ser; sin entrar en detalles, que más bien son para redacción de una Constitución o Estatutos, pero descen– die ndo de la región de los principios a la de su aplicación concreta de que no podemos prescindir si se ha de dar idea de la democracia del régimen en la que está su principal eficacia. Desde luego partimos de la personalidad de la familia como familia; y es muy extraño que los idearios o sistemas sociales hayan prescindido de ella; para establecer la justi– cia incurren en una magna injusticia que, además, es un in– signe desacierto. Recuérdese lo que en la Parte primera se dijo de la con– dición jurídica de la familia, sociedad por si perpetua. Las familias (en el amplio sentido y no solo las que son por matrimonio) son inscritas con el nombre de l cabeza de familia, con el cual persevera o con el nombre que la casa trae por tradición. Los familiare s mayores de edad pertenecen a la familia y para lo social no son por sí solos familia . Así como, se– gún veremos, en el municipio cristaliza el parecer de las familias vecinas, así el cabeza de familia, al representar a la familia, actúa inspirándose en el ambiente familiar que se forma del parecer de todos los familiares, sino es que, el que lleva la responsabilidad del hogar, disiente de algunos familiares y es natural que prevalezca. Por lo demás, si algu– na persona mayor de edad vive solitaria, ella sola es familia. 93

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