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debe resp etar; el ejercicio de esa autono mía pertenece, tam– bién , er.. los relac ionamientos externos y en la conducta, a la vida civil, influyendo eficazmente en la prosperidad púbiica y en lo que pertenec e a la finalidad de los poderes públicos; éstos no comprende n, pues, toda la vida civil, si no es en su func ión de defer. .sa y amparo, que se extienden a todo; paro un guarda de campo no puede intervenir disponiendo los cultivos de las fincas. El régimen político, en el campo de su competencia y jurisdic ción, en sus directas interven.ciones, que puede y de – be ejerc er sin extralimitacione s. sin invadirlo todo, tiene co– mo objeto propio las relaciones directas de los ciudadanos entre sí y con la comunidad, la justicia legal, la distributiva y la conmutativa; mas la justicia soc ial no está en esos rela – cionamientcs d irectos, según hemos visto; no afecta al hom– bre como ciudadano sino como hombre; la justicia social y las relaciones que implica, pertenecen profundamente a la personalidad y la autonomía del individuo, a sus deberes p,imordiales, a su derecho a subsistir, deberes y derechos radicados en sus relaciones directas con el Creador; la inter – vención de l régimen político es una profanación y trae fu– nes tas consecuencias. Los regímenes políticos varían, y dentro de un mismo régimen se suce den gobiernos de distintos y opuestos cri – terios. El régimen social no pue:1.e ser tan variable y, por de– cirlo así, tan caprichoso y tan expuesto a oposición de crite– rios; en él, esas variaciones serían de enorme trascendencia, perturbadoras, funestas, desconcertantes . Lo social se fun – da en relaciones elevadas y substanciales al hombre como hombre, que deben estar libres de las impurezas de la polí– tica. El régimen socia l ha de poseer estabilidad, ha de tener serenidad, ha de llevar una marcha de orientación fija, no ha de estar a los bandazos de los partidos sino al margen de las agitaciones y de las convulsiones políticas y de las concep– ciones capric hosas y de las genialidades de los que conquis– tan el poder. Aparte de que, como veremos más adelante, el régimen político podrá no ser democrático o podrá serlo a su modo, más o menos deficien.temente, pero el régimen social necesita ser auténtica y depuradamente democrático , si no ha de fracasar. Involucrados lo político y lo social, bajo la misma juris– dicción, por lo menos en los organismos elevados, con la so
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