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ganos con estrago de las almas; no pueden abandonar a sus pobres y a sus traba jadores y a instituciones tan divinas co– mo la fam ilia , ni a causas tan sagradas como la dignificación de la mujer y de los débiles; no pueden renunciar a recur– sos de expansión del catolicismo, tan eficaces como vere– mos, en instituciones sociales esencialmente cris tianas; de otro modo, los Papas en sus Encíclicas, en tan tos documen– tos y exhortaciones acerca de la ordenación social, habrían ignorado la misión de la Iglesia y su propia competencia de magisterio; no sería verdad que Cristo ha de estab lecer por sí mismo la justicia y la paz. Y la Iglesia sería, en cuan – to al derecho, dependien te del poder público e n e l desen– volvimiento de su vida y de sus valores y en la interpreta– ción de la misión recibida de Cristo. La vida civil no se organiza para anular la personali dad de los ciudadanos convirtiéndo los en menores de edad; el poder público no es para suplantar y sustituir a los privados en lo que, por derecho natural, es de su compe tencia . La misión del po der público es amparar, ordenar, ayudar y pro– mover las actividades e iniciativas de los ciudadanos y cuan – to surge al calor de la vida, reservándose lo que es de la colectividad como tal, v. gr. en las relaciones internacio– nales. Es, pues, un derecho y un deber de los católicos como cató licos, acatar lo:, -¡::oderes públicos constituídos, pero sin esconder la luz debajo del celemín ; y por lo que se refiere a la ordenación social, defender y propagar el solidarismo cris tiano dem ocrático, y practicar, entre tanto , la jus ticia so– cial dando ejemplo, principa lmente en lo que afecta a los dere chos de la necesidad, organizando en el orden privado, la asistencia a los pobres y a los débiles, función eminente– mente cristiana y cristianizadora, supliendo o complemen– tando lo que la ley civil haya o no haya prescrito, invocan– do la libertad y el respeto a la conciencia. Y más adelan te en el mismo Capítulo: La intervención d irecta del Estado en la familia, a título de protección, tiene graves peligros y nuestro deber es ha– cerla innecesaria. La intervención y protección directa del Estado puede debilitar y relaia r los vínculos de los familiares, desnatura– lizando la finalidad y objetivo del hogar, cuyos familiares, hallando fuera de é l los recursos que en él deben hallar, se dividan en distintas convergencias . El Estado, además, ~72

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