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y recursos son necesarios e imprescindibles; como radican y tienen_ s_u_ capitalid~d en sus centros superiores lejanos de los Mumc1p1os,_co~sh_tuyen otros tantos Césares , que, influ– yendo en la vida mhma de cada pueblo inconectadamente y sin armonizarse con los derechos y con la libertad, con la autonom ía de individuos y Municipios, siendo, además, p.:,sibl_es ~os enco ntronazos, crean obstáculo s y paréntesis a la solidarid ad humana. Y en un régimen solidarista es esto tanto más monstruoso e inconsecuente, cuanto que esos mis– mos que se co!ocan en la atalaya de la asociación a que pertenecen, inac ces ibles y amenazadores, gozan como veci– nos de derechos y de una situación de amparo y de bene– ficios para ellos mismos y para sus familiares que merecen muy otra reciprocidad y correspondencia. « Un derecho no puede ser un sspulcro de derechos » y cuando se trata de servicios v recursos necesarios a la Co– munidad, el asunto es delicad"a, porque aquéllos se ordenan a ésta y la ordenación no ha de estar a merced de los que son servidores, sino que quien debe ordenar y poseer las garantías en su mano para que todos y todas las cosas se armonicen y cumplan sus destinos, es y son el que y los que representan legítimamente a la Comunidad, o sea, la Comunidad misma organizada. En el régimen solidarista el Municipio organizado de– mocráticamente y las autoridades municipales (así como las Federaciones y Confederaciones) son el único punto de con– vergencia de todos los vecinos (sean del sector que sean). y de las asociaciones de los que tienen una función y unos servicios necesarios; si no para todos los efectos y en todos los aspectos (pues algunos pertenecen a lo político y lo me– ramente civil o a lo técnico). pero sí para lo que se refiere a lo social y para lo que iniluye en lo social directamente; porque, además, lo social es de mayor transcendencia y de mayor amplitud que lo político, y la política no ha de turbar la ordenación social y la justicia social; lo que debe hacer es servirle y ayudarle. Así pues, cualquiera que sea la amplitud del territorio que comprende una asociación. cole– gio, gremio o sindicato y donde quiera que radique y tenga su direcc ión; los socios o colegiados que residen en el Mu– nicipio, constituirán una entidad social municipal con su Pre– sidente, su Secretario y su libro de actas; las e ntid ades municipales de la misma especie formarán, por delegados, 2-17

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