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Antes de tra tar de la propiedad de extens os terrenos . ocupé monos de los terre nos o prop iedades comunales. En Nava rra exist ían desde siglos, terrenos que eran de la Comu nidad municipal: no del Mun icipio directa me nte y como tal, sino de los todos. vecinos del mismo: así se ve por la manera de expresarse que tienen en la región vasca de hab la euskaldún: así. al monte comuna l llaman ~gure men – día » (nue stro monte : voy a nuestro monte); al arbolado co– muna l «gure viana » (nuestro arbolado), y a la Casa munici – pal «Erriko-e txea » {casa del pueblo). Abundaba n los terrenos comu !1ales y comprend ían gran extensió n de territorio . En otras regiones ocurría lo mismo y en la de Ast urias el setenta y cinco por ciento de la tierra era comunal. Las le yes desamortizad ora s del siglo XIX barrieron es tos terrenos com unale s que fueron adjudicados a particulares por precios irrisorios; sin emba rgo, en este país de Navarra se han con se rva do b:1stantes de aquellos terrenos, en mon tes y tierras de labor, y es no table que, aunque p.:>r tradición no poc os Mun icipi os se componen de varias aldeas. cada una de és tas posee su personalidad en su Conce jo y es propie– taria y administrado ra de sus terrenos comunales; aunque para la parte técnica de cortar árboles y de plan tar interviene y autoriza sabiamente la Excelentísima Diputación Foral. No se tien e el concepto rígido de propiedad parti cu lar. puesto que en las costumbres y en las vie jas leye s d e Na– varra. aun vigentes en cuant o a algo, hay dere cho en los vecinos a pastar en fincas par ticulares una vez re cogida la cosecha, con ciertos cond icionamientos, v. gr ., el de que la finca no esté cercada con ce rca resisten te. Algunos o no pocos de los terrenos comunales qu e se sa lvaron de la de samortizació n fueron vendidos o ma lven– didos, p::>rne cesidades que trajeron las guerras civiles o por insensatez de Ayuntamientos que no eran la representación del pueblo sino de part :dos polí ticos . Otros terrenos han sido invadidos y detentados ilega lmente por par ticulares de gr ande in fluencia política que supieron imponerse . ~Iros terrenos comunales que eran de todos. vienen cada d1a a propiedad de particu lares {sobre todo en ciertas zonas d e Navarra) por procedimientos legal es insidiosos, a base d e ocupación y acotam iento arbitrarios y no discutido s. por es – camo teo que se ha hecho al pueblo el cual no se en tera de anuncios oficiales. ocupado en sus faen as : y la inscripción 200

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