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cios y para la intervención, la solidaridad es en las Federa– ciones o Confederac:ones. Por lo tanto, ya qu e cada un a de las fábricas o esta– blecimientos de una soc iedad o empresa tengan o no tengan vlda económica propia, con gastos ingresos y beneficios del estab lecimiento como tal, mientras la empresa se halla es – tablecida principa l y fundamentalmente en el territorio de la Federación, estamos en una situación normal que no ne– cesita excepciones. En el caso de que las instalaciones de la empresa est én esparcidas p~r varias Confederaciones sin que cada una o las del territorio de la Confederac :ón posean vida propia y la su– ficiente independencia relativa como para dar base a la aplicación de las normas solidarias en cada Confederación, interviene en el asunto el Consejo Nacional que es con– vergencia de Confederaciones; ya que en ello están interesa – das todas las Confederaciones que tienen en su seno estable– c:mientos de una misma empresa, ya que afecte a un de – terminado número de Confederaciones y no a todas. Las Confederaciones interesadas resolverán por sus Con – cejos y Asambleas la competencia que trasladan en esto al Consejo Nacional y éste de acuerdo con aqu éllas, organi– zará lo que pertenece a la distribución de beneficios y a la intervención de las instalaciones en cada Confederación. 203

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