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n EN LO QUE SE REFIERE A PARTICIPACION DE BENEFI– CIOS ¿CUAL DEBE SER LA PRINCIPAL Y FUNDAMENTAL A~PIRACION DE TODOS? - SE DESVIRTUAN CIERTAS PREOCUPACIONES Según que los relacionamientos a los efectos d e la dis– tribución de bene ficios, sean o en la Federación o en la Con– federación, €5 aq uella o es esta, la que los resuelve en úl tima instancia, decretan do, ejecutando y fisca lizando . Los Consejos seda les municipales informarán a la Fe– derac ión, y si la resolucción ha de ser de la Confederación, informarán a esta las Federaciones: y cualquier vecino pue– de enviar su informe a la autor idad suprema, pero funda– men tado. No son los capitalistas los que han de decretar o han de influir en pcderes lejanos a donde no arr iban los hum ildes; no son, tampoco, los trabajadores que, uniéndose, puedan ejercer pres ión ; son los vecinos como vecinos, es el pueb lo organizado, son las autoridades sociales democráticas las que han de determinar la proporción en que ha de ser la par ti– cipac ión de be neficios y cuanto se refiere a normas y a eje – cución, insp irándose en la justicia, en el común interés y e n las sugerencias de l pueblo inspirándose en los informes del pueb lo, en la experiencia, en el común interés y en la jus– ticia; son los qu e cuentan con la confianza de los Cabezas de familia . Podrá ser que, con la mejor volun tad, incurran en desaciertos, pero estos son rec tificables; lo esencia l, lo aquie– tan te, lo fundamental es el que el asun to de la pa rticipación en les beneficios, no quede a la arbitrariedad, a la preva len – cia d e una clase sobre otra, al escamotéo; estos a umentos se resue lven en el mismo pueblo, en el terr itorio mismo donde se relac ionan patronos y obreros, capitalistas y tra– ba jadores; donde están enclavadas las empresas. Y cuand o no se dan prevalencias, cuando se procede de buena fe, aunq ue las reso lu ciones sean un desac ierto, no son injusticia, con tal de que se proc u re rect ificar . Dos escollos hay que evitar : el que los empresarios y ca– pitalis tas se apo deren de los medios de producción con un exclusivismo preñado d e inju sticia, exp lotando al traba jador 199

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