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Caben abusos, v. gr., de que coloquen en el Banco so cial capitales los que no se hallen en situaciones a que nos he– mos referido , sino que poseen capital colocado en empresas o en establecimientos bancarios y acuden para respa ldarse, al Banco social; caben simulaciones diversas que sacan a las impos iciones del cauce de la finalidad del Banco de la Con– federación . Sepan, para no llamarse a engaño, que la san– ción es recia (y tiene que serlo si ha de ser eficaz) ; si se comprueba la simulación y el abuso, el capital imp uesto queda a beneficio del Banco socia l. Las explotaciones agrícolas, de ganadería, ind ustria les y comerciales de pequeño volumen, necesitan préstamos pa– ra desenvolverse, para salir a contratiempos y pérdi das que no proceden de mala administración o de negligencia; el Banco de la Confederación presta ayuda económica al inte. rés social, sin lujo de garantías. Los Consejos Municipales informarán acerca del crédito que merece el solicitante y acerca de lo que interesa hacer constar para la operación; lo que vale es la solvencia mora l, la conducta y la laborio– sidad y la buena administración. Las au toridades socia les del Municipio verán si en esos casos deben exigir se otras garan tías. El Banco social de la Confederación es de donde se ex– traen recursos de ayuda económica a los trabajadores que emprenden una explotación cuando es aprobadc, el proyecto. Recuérdese lo que se tiene dicho acerca de la inembar– gabilidad de lo que constituye el Patrimonio familiar y aplí– quese a las imposiciones en el Banco socia l. La Asamblea de la Confederación verá si es convenien te que su Banco social haga productivo su capital en exp lota– ciones diversas de interés público y de segurida d y rend í- mientes . Los economistas, fos financieros y los entend idos en asun tos bancarios, son los que madurarán y darán so luciones orácticas respecto del funcionamiento , extensión o restricción v condicionamiento en las operaciones y negociaciones del Banco social de la Confederación, atendiendo a su final idad . Tratándose el asunto desde el punto de vis ta de la jus– ticia social. lo proceciente es, sin presumir de eco nomistils, dete rminar esa finalidad, y denunciar la necesidad a que responde. La finaíidad del Banco social es doble, según lo dicho. En los días en que redacto este Capít ulo, los modestos 162

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