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CAPITULO 7. 0 DE LA ASISTENCIA Y AYUDA AL DESENVOLVIM IENTO DE LOS QUE POSEYENDO CAPACIDADES PERSONALES. CARECEN DE RECURSOS ECON'OMICOS. Y AL DE LOS MODESTOS PROPIETARIOS DE TIERRA O EMPRESAS. La comunidad o el régi men solidar ista, no solamente ha de hacer Fosible el ejercicio del deber y del derecho de trabajar, sino que ha de dar ayuda positiva y eficaz al desen– volvimiento de las cap:acidades que se poseen. La solidaridad consiste en que los fuertes apoyen al dé– bil. en un3. conectación ordenada de intereses. El solidarismo as pira a que prevalezca todo lo posible el trabajo autónomo y a evitar la desaparición de la clase media, que es la aue ha salvado a los pueblos en las gran– des crisis y convu'siones provocadas o por el capita lismo o por el proleta ria do; todos han de sentirse protegidos por la colectivi dad solidarizada. Entre trabajadores que no cuentan con capital y rec ur– sos, hay quienes tienen talento no común, aptitudes, dina– mismo, arrestos, lacto y prudencia . Estos va lores positivos, que pueden prestar una eficaz cooperación al pro;reso, a la prosperidad. al bien común. se ma logran, quedan enterr ados por falta de medios económ icos , y si es,e y aquel trabajador tienen conciencia de su propia capacidad, se recuece en la impotencia, o emprende, con au– dac ia, un camino largo y difícil. expuesto al fracaso o con éxitos que no son proporcionados a su esfuerzo . El trabajador está al abrigo y baje la pro tección inmediata de su Municip io y de los Municipios , y si posee aptitudes especiales el Mun kip io le ayuda cuanto e:; pos ible, sin cruel indiferencia. 145

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