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-7- 90.4:16 el primer ejerc1c10 y 25.162 el se– ; undo· y como fo. emi s ión ele que se trata. fué cte'16.000 tít ulos ú obligaciones con c u– pones semestrales, c laro es que el número de cupon es que vencen cad~L año corres – pondientes á esa emisión es el de 32.000, del que IIay qne deducir los que correspon – den A la s obligaciones amortizables , y no los 10.208 y 12.581, r espectivamente, con – signados en los presupuestos. A esto se me objetará que si bi en es ver– dad ex iste ese e rr or'.en el número de cupo– nes, no le ha y en la cant idad, y 6. mi vea replicaré que es tal la confu sión que se ad– vierte en los presupuestos provinciales, que el que los ha formulado, ó más bien con – feccionado, no parece sino que se ha pro– puesto ocultar la importancia de cada una de las em is iones de deuda, y por lo tanto de !ns cargas de la provincia . Es peregrina. la manera que tiene nu es – trn Diputación ele consignar las ca ntida– des que destina :11 pago ele sus de udas amortizables. Al emitir un emp r éstito amortiza ble en un plazo determi nad o, tanto e l Estado co– mo las corporaciones, emp r esas industri:1- les y toda c la se de en tidades, r eg ul,m nen – te regidos, que se valen de ese medio tan socorrid o parn proporcionarse fondos, se
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