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digan qúe 11 íummi principll de lostalés ceníoi re ghíto tri vtílidad del pucblo:pues fin el dicho permiífo no lo pudicró em pcñar,ni echar cffa carga. Y la memoria dcíl:os ccnf os la embicn dentro de vn mes al nuefiro Cófcjo,para que fe pro~ uea del remedio que conucnga. 4- tf Ir ren, que afsi bien cn1bien memoriade los cenfos qne huuicren tomado con el dicho pcrmiíf o, p,ra fo correr a loa hombres darmas y gente de guerra : con lar2zó de lo que les ltá dado,y lo que huuicren cobrado de fus pagas:clara y díf. tinéta, con dia mes y año, y Jo que fclcs queda debiendo de rcíl:a,. y fi han redimido algunos de los ccn (os que fe cargaró para el dicho f ocorro :y las diligencias que en razon de fu ~o~ bran~a huuiercn hecho. e, JI' lccen, que ningun Regimiento pueda gaíl:ar mas de lo~ / montaren los proprios y rentas de fu año, fin per_miffo del nueíl:ro Cófejo.Ni los Thcforcros y Bolf eros paguen mas de lo 9ue n1ontare fu recepta ; aunque i"ca con libran~a del Re .. gimiente, y que no dexcn d~ p2gar los céfos y deudas cuyoc plazos cayeren en fu año:fo pena de pagarlo todo de fus ca.. 1.as, con todas las cc,itas y daños que por ello fe rtcrccicren¡ y no feles puedan adnlirir ni paífar en cuenta por los fucccf. fores ,fopena d<" cada diez libras, la mit2d para nucíl:ra Ca~ mara y fifco,y la otra míud para la bolfa de la tal Ciudad y villa. Porque el empeña;r es efpctic de ~gcnacion; lo qual no fe puede bazcr fin nucHra licencia ,o,de nuefiro Conf cjo,' en nudho nombre. {' , 4 le ten, que no gaíl:ee los dichos propios y rétas en hcflas cuí-a. c-~ J¿/~ c.,J ni alcgrias:aunque fea fo color <le11 aduocacion de los Sác .. L~ -::;, 7s-- ~ tos de las Iglefias de fus pueblos, o,dc las reliquias que tiené 1~.,µ..,, . .-;:.ic.,.1-h.c -ful en ellos: ni en traer dan~antes, y farfantcs para ello : dr9ne _:;__3 ~ tornan ocaGon de cmpeñarfc mucho : fino folamente en la fidta de Corpus Chifh,modcradamcn tc: ni en correr toros, haíl:a que fe dcfem pcñcn:ni en comidas,ni beuidas, fino f ola vna , y aquella con modcracion el día de la aucriguacion y remate de las cuétas de los -dichos propios : ni en otras coffas , 110 neccffarias albicn comun de las dichas Ciudades y villas. 1 Y fi Iogaíl:arcn y libraren contra lo fufo dicho, que lo pagué de fi1s bicnes,y no felcs paífe en cuenta. ...J 7 . qr ltten, porque la mayor ocafion d~ empeñar los pocblot \> 1cnc, de procurat !01 ~l~al~~~ '/ R:eg1dorcs hazcr jornad !• A 2 a cou.& -· - I

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