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Corees de Pamplona gtauillimo,y rraydo anee li a Rócefoallcs,lo má¿o licuar ala 1·i11a del fü•r– guete,yque alli lo meticlfe fuAlguazil ene! cepo con fos hicrros,y Je pif lidfe guardas:y anli.lo lleuo y lo pufo ene! dicho ccpo,con fus hierros, y ~fiuuo alli de aquella manera con guardas dos dias:y dcfpucs lofolró a i11 tercefsion de Miguel de Ollcta,cuyo es Olleta.Y por lo milino, auicndo Heuado ti CanonigoArri~aba!a, procurador del cabildo de Rócefoallc~ :i Pedro dé Arellano efcriuano Real, y comilfario Recepror, a quediclJC rcílimonfo de vna peticion que fe prefcntaua ante el dicho Viticatlor, cu nombre del cabildo,pidiendole traílado de fu comifsio11, r"'r a<1er c!<li– cho Arcllano querido hazcrfu officio con todo comedim1c.nto , el dicho V ifitador lo.defpidio,mádandole dexar la pcticion,y auicdo fe ydo a dor– mir al lugar de Huarte,efiando allt cenando con el dicho C:monigo, lle~ garon tres hombres, los dos convaras lcuantadas, y ro,los con arcabuzesi y pedernalcs,y lo prendieron por mandad~del Vifitador, y le ataron !Js manos arras con vnos cordeles,y ant! lo licuaron prefo a \_'.illaua a la ~ar­ ce! publica,con dcmofiracwn de aftrentarlo, y all1 lo pultcron con hier– ros a los pies,y d!uuo con ellos aquella noche y dos dias íiguicntes,f1;;f12 quccntendioque fe auia dado peticion en Confrjo Real,.y lo Coito con n3llf3S de rcprcfentarfe ante el,fo pena de cinquenta ducados,cn!os qna– lcs dcfdc lueg o lo daua por códenado. Y demas defio,a loan de E zpckta vczino de Olaguc(en aulcncia)mando el vifitador parccieífe ante Ji,y no lo hizo,por no aucr tenido noticia: y auicdo acudido al Burgucte, lo prcn tlinalli fu algu:izil,y lo pufo enlos cepos,y alli lo tuno ocho dias, aleabo delos qualcs lo mando traer a Villauaa cauallo en vnaaemila d= vaf1o, con hierros a los pies,y efpofas alas manos,y guardasoy anli lo traxo el al– guazil enfiete leguas. Y parecido ante el Vifttador,Jo hizo faltar luego: porque el confejoReal fe lo fjlando. Y de(pues lo ha códcnado(lin oyrlo). en dozicntos rcales,y fe los ha hecho pagar,fin dcuer los,ni Caber porque: danilo color que fon por las coftas del alguazil. Y dcmas dcfto,al Alcal– de de Val<Jearce le mandó que le bufcalle y dielfe vna efcnptura, fo pena de cien a~otes y cinquenta ducados.,hcndo (como es nororio) hi Jº dalgo y dueño del palacio de Ymizcoz. Y cftas penas cominatorias las fuclc tá– bien exccutar,no obfiantc que fe cumpla lo que el manda, aunqnc aya im pedimentos juftos,como n? (e haga de1mo del termino que fcñala,como lo ha hecho con los Cano111gos Echcucma y G111llcron, fobre la exh1bi– cion de cierto libro y carta.Yporque e_nalgunos delos cafos fobredichos :tuiendofctenido recurfo a vueftro Vilorcy y confc¡o Realde efie Reyno, fe le yua a la mano,proucycndo del remedio conucnienre, el dicho y¡¡; ta ·dor impetro cedula Real de V.Mageltad, mandado al Viforcy y ConfeJo de eficReyno, no le puliclfcn impedimento , ni fe cntremetielfrn en nin– gunacofa delas que d h2Ze, Y aunque todas las arrib::i dichas fon<lc muy. notable agrauioy perjuyzio deltc Reyno,y contra lo d1fpueílo en fus fue– ros y lcyes,lc reciben muy mayor con lo proueydo en cllafegundacedula ru~s

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