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O Don Francifco Hurtado de .l\Icndop, Marques de Alma~an, Conde de Mo11tagudo,dcl Confejo de Elbdo dda S.C;ll.!Vbgi. del !ley don Phelippc nue/lro fdior,fu Vilorcy y Copi tln general delle Reyno de Nauarra)üs fromer"s y co . marcas,y (u guarda mayor.Por virtud dd poder que té .·... ~' go pan fümar y juntar Corces,generales (como porel conlla)que h:i.1ido prefemado C3l losEilt<\os que ellan jur.rosy congregados endla ciudad de Pamplona,en nóbre de (u Magelhd,co 1110 fu Viforcyy e apitan general,juro en fu an.ima,(obre e/lafrñal de Cr tic uz, y íandos E~angelios,por mi manualmente tocados,y ·l'C'ucrcncialn\ente ado– rados:a volorros los Prclados,Condc/lable, Marifchal; Marqucfes, Condes, nobles,varones,neos hombres,caualleros,hijos dalgo, infan~one·s, hombres de.ciudades y buenas villas,y a todoel.pueblo de N auarra,a los. prefences, y a los aufentes,todos vuellros.fueros,leyes,ordcnanps,vfos y coftumbres, fran– quczas,exempciones,1ibertades,pr.iuilegios,yotlici-0s.que cad.i Yno de vofo– rros reneys(vfando bien y fielmente dellos)como y dela forma,y manera que lo ~.uoys vfadoy acoílumbrado,y jazen;lin que ayays de traer nueua confinna– cion de fu Magcílad, efpecial ni gencra!:y lin que feá interprerados,tino a vri– Jidad y honra de voforros,y del dicho Reyno. Y é¡ codo lo fobredicho os guar– dara, obferuad, y mancema,guardary mantener fau, fu Mageltad a voforros, y a vue/lros fucccífores,y a todosfus fu{,-J.iws deíle.dicho Reyno,fin inrerrum– pcion,ni quebrantamiento alguno,amejorando,y no apeorandolos, en rodo,ni en parte. Y rodas las parentes,prouifiones,y reparos de Agrauios que yo os he dado y otorgado en nombre de fu Mageílad,y losvínculos y condiciones, vfa– dos y aco/lumbrados,quc fe haran enefte otorgamiento,conforme a la patente que los eres eílados tencys.Afsi mifmo jurp en mi anima,que .durante el tiem– po que ruuiere el dicho cargo de Viforey,y la gouemacio11 y regimiento del dicho Rey.1io de Nauarra,os obferuare,y guardare,~bferuar y guardar fare,ro– dos.los dichos vueftros fucros,leyes,ordenanps,vJos Y' coílumbres, franque– zas,libertades,priuilegios,y officios,como enellos fe cótieue, y como os ei!a concedido por las dichas patentes y vinculos, y jurado en anima de fu Mage– llad:y de vos desfazcr los a¡;r.iuios y conrrafueros a voforros fcchos, como os ella prometido y concedido:y de no yr en todo, ni en parte contra los dichos priuilcgios,vfos y coílúbres. Y quiero y meplaze,que fi a lo fobredicho que he jurado en nombre de fu Mageftad y mio,contrauiniere en todo,o en parre,ago ra,o en algun ticmpo(lo que Dios no quiera) vofotros los dichos eres Eílados y pueblo del dicho Reyno de Nauarra,no feays tenidos a lo cumplir. El Marques de Alina~an~ • ij Enla

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