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LEYES 1os montes de los lu:arcs de Ozcoz,Beun– )ª• Llrrayn~u,e Y rayi,¡02:, lin aucr prece. dido .1.UÍÍO a cllos,ni fus Yrzinoj,para que fcñalarrn los pudios, y arbulcs neccffa– rios,y m:nos perjudiciabJes, de que la di. ch.i Villa,lugares, y vezinos. han recebido muc~o<laño por íerplra el puto de mu– cho ~anafo,qoe propio,y a¡:eri~ado fe e11 gorda en Jos di,hoj monres,por lo qua\ pi d! fer faci•fccl1os,ypagado5,como fe hiz<J por Íciui:jd.mc Corte, que fe hizo piln el did10 Cal1illo en los monees de Eípar.;a,y coolb por la ley 101. de las Corres del añ:l mil y tp1inicntos,y ochenta, 'que es la 1 ¡.lib.5cic.19 de la B.ccopilat1ou de oue– ílro~ ~indico!, y en otros montes t.ambié comunes, (e han hecho otros femeiaotcs Cortc5 para la ditha eltacada : de codo Jo q1111,no folo ha refulcado daño a los Pue– blos.y •e>inos que piden fa ••lor,Gno tá· bien á todo el Reyno, por 3uer fido caufa defalcar el razco, y de la care!lia del gan•– do de cerda, y de que en la ••luacion fe ha g1n mayores cofias, y huuiera celfado to– do,y V .M1gclt1d fueu feruido , como lo íer .l liempre,que fe¡ necelfario hazeríc t.1 les C•me1, fi huuiera precedido el dicho auifo a los Pueblos, porque huuieran fc– ~alado los pucllo.,y arboles para eílo •ti– lcs,y a ellos meoos perjudici•ble, yfe hu– uicr.tn eUimado con mayor certeza efian. do en pk,quc aora c!l•ndo gallados; y a– ccnro, que el haz:rfe 1C<i,de •qui adelante es rnay·or b'neficio del Reyno,y de Cus na· tnrales en panicular , y de los P"eblos en '°"'ºº•Y que el de ufar fus dalios, y agra– uios , es fiempre may conforme al animo ltcal de V.Mage!\ad: fuplicamos .í V. Ma· gdbd, nos haga merced de concedernos por Ley.que de aqui adelante, aunque fea para fu Real feruicio, oo fe ha~an cortes de arboles en los monees comune• delle R eyno, Gn preceder auifo a los Pueblos,y que ei101 eon las perfon~s que fueren por V. Mage!\ad feñalen los puefios, y arbo· les vtilcs, y neecffarios, y meaos perjodi· ciables, y que anees de cortarlos los efii– men,y valucn para pagar fy valor de la ha– iiend1 Re1l de V. Mage!lad, y que a las de la dicha Villa de l.anz, y a los demas inte• reíf.idos en los dichos Corres, aambicn (e les pa~ue \o que fe J.beriguarc, que en Cllo reccbircmos Uicn,y merced. vl e/lo ~s rtfpona'e1hos , t¡llt las partes intt& rcf]ad..is .rr11d~n a m1tffro Yirrey, P"'" q"' no.. bre /ai ptr[•••s ron piwei ft .. j•f/e la {•tis{acion q•e[• les de•iert del precio de Jos arbolt1,y d11ndo11ae c11~nta de lo •/•/lado, fe dar• oritn p••• q•• (e P• · gut, y e11 /as ocafio¡¡es [emejantes q•e al· dtlantc fe •frecieffe.1 (q•e fiempre f<r•• para mayor jt: ruic.iu mio,y bie~ dtftt Rey: no) ft: tenclni pu11culJr atennon , p•rtJ .'1 a los intererados no (eles figa ptr/•yz¿• 4/gano 1 ni reciban dtJifl de JoJ cortes. Lev XVI. S e RM. A gelbd. Por la l.ey 1'rorroga , · ' • de las Corres del año d• ¡ 4 L<Y 161..¡.íc mJndo, que en los oficios de las de ·-.n 4 ~ 0 R<publica> dclle Reyno, huuielfe folo vo de /;•c.-o año de hueco,y vacan[e 1 laqua\Ítproiro· en/os ofi .. go por las Loycs 14 .y 14.Jelas Cottes de rio< d,~. el año 1618.y 1631.y la expcrieociaamo- p•blic•• liudo quefoe muy vril al lleyoo, porque auicndo hu.co de dosaños es pretiílo fe heche mano de perfooas no compec_eoce•, y qoe fe infccu\en las que oo coou1enc al feruicio de V. Magcílad,ni.vulidad publi– ca,efpccialmente aora por la mucha geore que falta,y cltá ocupada eo oficios, y cai:· gos Militares : fuphcamo1 á V. Magellad mande pcrpctuar la dicha Lcy, para los lu gare1 donde ay infeculacloo, o conceder• nosla de nueuo,qne en cllo,&c. .A e/lo oi re[ponimos, 9•1[t bag• coaso tl Reyno lopide , y d•rc b,fla las pri>arras Cortes. Ley XV1 l. Los dre- s e R M Age!lad.Porfer•na ciMq!J.. • • . • de Ju mas importá .. de Utlilar res, y principales grangerias de!le Reyno, /os TaU•– la del ganado meoudo, ycl vcil. e inceres geros por que del procede el mayor beoelitio de fus cadz l'" naturales , fe ha ceoido fi"upre graode a- dd ""ª frii tencion a facilitar fucomercio 'plr3 que diez -~···. cor. cito (e animen,y aficionen todos a ef- Í" a los"ª re rrato , de que refoltan á las tlcpubli~s 1oral<i ;¡ tan vti~cs efeélos, como fe reconoce, paes !a• p •ffarl a mas d< que fe baíleccn de carnes 3 mo- a Fríicia,y derados precios, y fe fu!lenra la labran~a, manifef/a– cs medio para ihcroduzir en c!le Reyoo r<• por fi• muy grande Coma de dinero : porlo qnal, y~•. y có¡c aunque eno prohioido el facar del todo tádo.'q /41 genero de ganado rcfpcéio de la Ja lana,.fe -.tditri! en hurcndido fiempre, a que el comercio t/lc Repis no fe «nbar>cc, fino que fea Iibrc,y a que 4 /os ef/r.1 fe pueda lacar, no Colo a los Re¡·nos de geros, f'•· <.:a!lilla,y hragon,y otro• deV.Magelbd, .~•• losdrc fino rbos dellos

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