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Hijosdalgo el Juez que fuere a pcr fona algunl, que nocoriamcntc no conllarc que lo es,o por Ccr.decen– Jicmc de parce p:ttcrna de algua Palaciu,o cafa folariega, o de fami– lia nucoria e indubitada de Hijos dalgo,y que juntamente fea limpio de codos fus abolorios, o bien no mofirare que es bidalgo,a.uieudolo aberiguaJo con cicacioo del vud: ero FHé:al; pero que no tengan obli gacion -de dar elb informacion a– quellós qµc fon limpios, cuyo pa– dre y agudo clluuicroo co los oti. cios de Hijosdalgo de aquel lugar, aunque huuidfe dcxado el padrc,o abudo de fer infeculado end dicho cllado, como ello huuie!fe foccdi· do por algun accidence, y no fueffc por falta de calidad,yque lo mifmo fea en los lugares doodc huuiere la dicha dillincion de el~a.-!os, y fueré por eleccio11 y nombraanienco los oficios de Rcpublica, con que por c;llo no fe eocienda darles mas dc– rccbo,dcl que cuuiercn los que cf. tan infeculados ca el cfiado de Hi– jos lalgo, o ca polfrf<;on de fer aó. brados ca los dichos ofir;os. Supli– camos a V.Magcllad lo mande pro uc:cr afsi,que ca dlo,&:c. A tj/o vos rtf ponátmo1, que fe h4g• como d 'R..,tyno lo f uplic11. Ley XXXI. 'º' DipM ~ LO S que fon nombrados por tados :•/ Diputados del Rc:yno de Cor Reyr":la;Í tes a Corees, quedan con obligació '"" d' d 1 . p.racitm de acu 1r a ca us os negvCtos que ftiÍ cfcmp- fe ofrecen ea vcilidad del Rcyno, tos a [11 "º afsi en la defenfa de fus lcyes,como l•rrt.•d de en ocras materias que pe. Leoecen oficws de al bico vniu"lil, y porque efico gOGtnW. IS mas .dcícmbara?.los para .podci: acudir a efro.Suplica.mos a V. Ma· geílad mande que puedan eximirfe /i qoiliereo de loso:fiáos de Alcal– de y Rcgidpres de los lugar~ don· de rcliclen por d tiempo que lesdu rarc la DipuuQioo. .,qoc c:o ello, &c. 'Por &Dntt•plll&ion J,l R'T"" , ~'1UIJ J 111u pl«ell"'Je h11g11 '°""'Í' pitk. . Ley ·XX·XII. L b S eres Efrados de elle Rey· Ma,– . oo de Nau•rra, que: efbmos les .. fe juncos y congregados cotcadieodo JÑallltll .. en Cortes Gcoc:ralcs,por mandado ~ ...,,•••,. de V.Magcfrad dczimos,quc en.los -¡,,... l11gares de la mootafia ay or.poa. ~19~ na1Dc;oc.c mucha &Ira de crige~~r-, 1 •¡.; que e,s poco d que ~ g.co dcfu.~ f:'- 1 ,¡, fc~/>a para bafic:c:cr fiis puebl~ •.Y .,,.,Htrr•• elle d~iio en parce.les rcfulca de: u,, · que ocupan con plantios de man~ ~nos algunas tierras que fon vciles para pan, y cambien de que la ÍútU· bra qae hazen los mal)t¡anos que es graodc, por fer arbol muy copado, impide que .pueda medrar el fruco de las pie~as , y bazcrfo las cogidas con la lertilidad que fe cfperaua, y para ocurrir a dre iucoouinientc:. Suplicarnos a V. Mageílad mande, que en las heredades amojonadas y que elluuiercn jnucas y contiguas y fe liruen de voa cerradura,ao pue da nadie ni aya de planear ma°'¡a- nalcs, pena de qt1e fe corcaran los que afsi fe planearen alJclaarc, y que elta prob1bicion no (e eotien. da en rctpeco de las dernas hereda. des que clhmieren dillincas y fepa. radas, ni campoco fo encienda en H quamo

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