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E N la Villa de Olite.cabc5a de_Mcrind~d della, atrcsdia.sdel mes de Septiembre del ano mil y feyfcieotos yvcyote y <¡Ua– rro,Aorooio de Ga~olaz, y luan de Lcrio Nuncios de la dicha Villa en prefencia de mi el Efcriuaoo infrafcripto publicaron dl:e quaderno de Leyes retro efcripta, en la pla~a publica de la dicha Villa a alta e intekgible voz , auiendo anee y primero tocado por las calies y cantones de la dicha Villa los dichos N oncios dos ca– xas, conforme es de collombrc en femejaotes aétos, a la qua! di– cha publicacion fe hallaron prefeotes,don Fermin ('.u ria yAtoa– do Alcalde, Martín Lalerna.Leones de Ciordia, Pedro Hcraao– dcz,y Bias deVillanoeua Regidores de la dicha V11la,y otros mu– chos vczinos della,como foranos,y para que dello confl:e,hize el prcfenie auto,y firme. E N la Ciudad de EllelJ3 cabe~a deMerindad, Martes a diez y fiece días del mes de Septiembre del año mil y fetfcieotos y vcynre y quatro años, luan de Muniayn,luan de Efienoz,y Fr3n– cifco Argento, Nuncios de la dichd Ciudad,eo prefencia de mi el Efcriuano infrafcripco, publicaron elle c¡uaderno de Leyes retro cfcripto,en la pbc¡a.callcs,y cantones de la dicha Ciudad a alca e imelegiblevoz,a fon de trompetas,ycaxas,conforme fe acollum– bra ca femejantes atl:O!',a la qoal publicacion fe hallaron prefea~. tes mochos vezinos de la dicha Ciudad, y foralleros, y para que confic dello a!Tc:ntc elle: auto, y lo firme de: mi nombre el dicho • • a. EN

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