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guarden en_ codo el dicho nuellr~ Reyno irob1olablcmente, fin yr 01 patfar contra ellas ni parte alguna de ellas agora ni en tiempo algu– oo,Ílno que las dichas dccrecacio· oes ccog~n focr~a y vigor de ley, y fo guarden y obícruen corno ta– lef, como por ellas y cada vna de ellas (e contiene, fin cootradicion alguna, fi otra cofa no nos fuere pidid a y fu plic.rda por los dichos tres Eflados,para em•cnda y reuo· cacion v coofir ma,j;,n de codo lo fobredicho , o parte alguna de ello, '{ man·.lamos a los dichos m1eíl:rr, Virrey,Rcgcnte:, y los dd nucllro Confcjo Rcal,Alcaldes de nueílraCorte Mayor,y aqualquie r:i otros Alcaldes, 1 uezes,luítacias, Oficiales Reales delle dicho oucf. croR.eynodcNauarra,y otras qua– leíquiere períonas a quien lo lufo dichn,o par:c alguna de ello co~a, o atañe, tocar y atañer pueJa jun· t~,odiu1lfa,nence,obfcruen, guJr• den, y cumplan en codo vpor co_do !o proueydo y mandJdo por Nos ac·!rca de los dichos cJpirnlo• que de fufo vln iacorporados.f~gun el fer y tenor de cada vno de cllos,fo las penas c:n ellos cooteniJJs, y de las dl"'roas peinas que cfian ellatuy– das y ordenadas contra los que: có trauioieren a las leyes y prouifio. ces Reales de fu Rey r Seiíor •., porque venga á noticia de todos, y nadie pueda alegar ai pretende! ignorancia. Mandamos fea publi– cada e(b oucíl:ra carta , por las ca– lles y cantones de las Crndadcs f cabc~as de Mericdadcs del dicho nucll:ro Reyno, y que "el crcslJdo de ella ,íigaado por vn nucll:ro Ef– criuaao Real, valga y baga fl: c;o. mo el original. Alsi bien manda· mos,que dcfpucs Je imprc!Tas,aa• te' que le: den a oadie fo trayga11 al oucll:ro Coafejo,para que fccó. fiaan con fu original, y aquel fe ponga dundc coaucnga.Eo 1efii– mnoio de lo qual mandamos dcf· pochar las prefeores firmadas por el lllullre nucll:ro Virrey, y el Li• ccnciado don Marcio de Eufa, y rcfrcodJdas por el Licenciado Ef· laua nuc:l1ro Protonotario en el dicbo R.cyno,y fc:lladas coa el fello de nucllra Chancillcria. Dada ea la oudlra Ciudad de Pamplona, fo el dicho felloi vcyote y tres de: A~·1llo, de:! año mil y fcykkncos y veynte y quatro. Don Bernardino Conde de C ajlril/o, El Licenciado Eufa. Por m1odado del Rey nueftroSeñor,fu Viforrey,y dd Confc:jo Real en fu nombre. El ~icmcíado ~fl•u'7'rotono1ari1;

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