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Ja dicha ley.y caufan~o muchos gaftos,y coitas cnla_d1cha valle, afligiendo a fus vc:z.mos,y natu– rales. Por lo qua! fuplicamos a V.Magdlad, mande ic guarden las dichas leyes, y que fe quiten los dichos follicutos, que cllan ·en la dicha valle, yque quando fuere el fufücuco Pacrimonial a reconocer los caminos 1 no licue configo Efcriuano ninguno, y en quanto :i fu falario guarde lo que cfta difpuefto por la dicha ley, {upena que G llcuarc mas cancidadde la que leelb feñala. da, la rcHicuyacon el quacro ta– to, aplicada eíta pena por terce– ras parccs,al Fiíco,y Ca;nara de V. Mag~lhd, denunciante, y a la propria parte de quien fe lic– uo las dietJs. Decreto. 4 efto vosre{pondemos,que{eguar– den las leyes del l(eyno, que def to hablan, y Jiendo el{ubflituto ·l'arrimo11i.llju•~o en la -Y.ille deArm{coa,juera del nu.,,ero de los tm {ub/litulOl , que en caJ.c Merindadpuede rener el 7' atri– monial fe quiu , y en q~anto al [ubflituro Fi{cal fe remite al Con fe¡o,para que proue.c ¡ufticia con– forme alas leyes del l(eyno, y en todo lo d1m1u fa haga como el 1(eyno ls faplica. · Ley XLIII. M V chos fon los inconui– nic.ntcs, que nacen de los vinculos,y llamamiencos,q tan De 101 ordinariamente fe haz en en los vioculoa cótratosmacrimonialcs,pucscó Y.ll 3 ma- . m1cnto1 ellos no ay rcntafegura,m cea-· de herc- f:il bien fundado 1 y fon ocafion dcros. a h 1 los b1c. parl que aya mue os p eytos, y ne•. · cambien muchas malas vozes en las ex:coc1ones, con que fe cmbara~an los tribunales,y vic- né a fer defraudados lo's acrcc– dores,y aun íon muy pernicio- fas para los proprios vinculln– ccs,pues en no teniendo vaftin t~ haziéda,paraq fe puedan fof- ccocar de fus red1cos,es nccclfa. rio el ;iucr de enagcnar algunos bienes.para acudir afos nccdsi- dades precifas , y muchas vc: z.cs para los alimentos, y fo!léco de fos hijos, que fon los llamados, yfe hallan los cales vioculaoccs embara~ados,y afligidos en ver que no {e pueden valer de fu pro pria hazicnda,porcfrar vincula- da,y para p'.ldcr enagenar aque. liJ rnucntao muchos fuudes y engaños.y anfi conuendria po- ner remedio , ca qnc no tengan tanta foer~a ellos vinculos,ma • yormcnce,que los mas dellos fe ponen mas por eíl:ilo del Efcri- uano, que por volanead de las partes,como fe experimenta ca- da día, y por ellas razones pufo la ley del Reyao orden en los mayoraz.gos en que no fc:pu- dielfcn haz~r de: bienes qoe no excedicffen de diez rnil duca- . · dos.

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