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tierra mas con hóbres naturales mécos q alego el Fifcal y el pria de ella mifma,y por el juraméc.o cipal de fu prmnlió es, q el Al· Real éj V .MageHad tiene hecho guazil,folamétc esTeniente del c{b declarado fer natural el que Alguazil mayor.y anti no es ofi fuere procreado <le padre,o ma- cio el éj ticne,y por eílo no fe có– dre natural auitante en el dicho prebende ene! dicho fuero.ni en . Reyno. Y lo mifmo'dla difpuef- la ley 1.lib.2.tic.2.yen la O rde– to por muchas leyes juradas por nanc¡a95.4 es la ley 3.del mifmo V .Magellad, y !iédo ello anfi, y titulo y libro enlasanciguas,re– cóprehendiendc.fe en la general prcfcntamos a V. MagcHad,éj fe difpolició referida los oficios de colige fer cima la prctenlió del Alguazilcs a pidimiéco del Fif- Reyno de muchas leyc~. yentre cal,cl Cófejo Rea! dclle Reyno oms por la prouifió Real 3 2.del adcclarado,éjelAlguazilmayor año t562.en éj por rcparodea– deue prouecrdos baras deAlgua grauío reprcfemo elle Reyno,cl zil en Calle\lanos preciífamétc, aucrfc cometido la relidcncia de fuadandofc en vna cedula Real vn pueblo, avn letrado que no de la Cefarea Magcllad del fe- era natural, fiendo la refidencia ñorEmperador CarlosQ!;!.into. comifsion,y no oficio, y en las Dada en Seuilla en 28. de Abril Corees del :iño 1566. fe qucxo de I 5 26.éj lo mand3 afsi,y della. dello,y de que llamalfe aduoga • cedula nunca el Reyno atenido do a vn letrado que no era nacu noticiJ, ni fu Magcltad del fcñor ral,dConfejo,y fe rcfpódio por Emperador la tuno de nudlras la ley 7.reparando c:l agrauio, y leyes éj hablan en ella materia,q por la prouifion 39. fe dio por fila muiera [e puede ercer, q no agrauio el auer fubflicutos Fif– fuera feruido de proueer lo refe- cales que no eran naturales, y ri<lo, o li tuuiera voluntad con- fe reparo,ficndo afsi que el fuf– traria, fabiendo q lo difponé las tituto Fifcal no es mas que vn leyes,hiz.ierameoció dcllas,y ef- Teniente del Fifcal principal. te R.eyno fuplidra Hu Magef- Y por la ley 14. del año I 512. t::d la confrruació de fus leyes y fe quexo el Reyno , de que fueros por reparo de agrauio, y fe die!fen comifsiones a Al– de la fingular merced q fiemprc: guaiiles del campó , no fien– n.01 hizo,podemos colegir fe lir do naturales , y fe refpoodio, Ulera de reparar eíl:e agrauio, ( q que {i fe les dieron algunas co– par tal fe da )y aunque ello pare mifsiones , ha fido por ellar ce claro.porq vno de los funda- ocupados los naturales, y ella es

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