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res y f~ruicio voluntario có 9ue cíl~ Reyno le firue.Lo otro,que el dicho año de 1597.por la Ca– mara de Comptos , fe comem¡o 3 intentar nouedades,deípachan– do executoria,concra algunos va Jles, por la porcion dd efento, cargandofela a los dichos valles, y pretendiendo, que folamente fe auia de reuatir en el valle del Palacio donde fe taffaba el cal c– femo:a lo qual,alg11nos valles, y pueblos,contradixeron, y obtu– uieron en fu fauor, como fue el Jugar de Veiciz, Vterga ,cuyas femencias fe han prefentado , y cambien la villa de Arze, que por diuerfas vezes la dicha Ca– mara, ha incemadoc:l cxecutar– las por la porcion del dueño del Palacio de Arze,que cambien lo es del de Agorreta,dondcfe raí-· fa:y el Confejo Real.por declara– ciones conformes ha mandado ce!far las execuciones,y refiimyr lo que fe auia cobrado por las di– chas execaciones.Lo otro que a– uiendo cenido noticia el Reyno, dcíl:a nouedad , que prerendia la dicha Camara, el año 1608. que tU!.!O Corres Generales , la con– tradixo,y fuplico a V. Mage!lad, el deuido remedio , y que no fe cargalfen a los valles, ni pueblos, fas porciones de los efencos,y V. Magcíl:ad mando que fe guarda[ ~e la coíl:umbr~ de quarenca a– nos,co~o lo d1fponc h Ley 30 . y 31.del dicho año: y es cierto, q la coíl:ambre que auia :mido de 40. años es Ja íufodicha , que fe guardo del dicho aóo de 1513. halta el de 1597. Lo otro , que quando del dicho año de 1597. pareciere :merfe cargado algunos valles , o pueblos de las dichas porcioaes,no es collumbre afen– tada, ames bien fe ha contradi– cho , por los valles, que han fi– do poderofos, y defpucs, por to– do el Reyno en fos Cortes Ge– nerales , y anfi no le ha podido parar perjuyzio alguno.Yfi algu– nas valles,<'> pueblos fe hallare a– uer pagado las porciones,ha fido por no entendeffe,y aucrlcs amc– drencado con execucioncs, y fer gence pobre que no cicnea coa que defenderfe,ni profeguir pley tos, y oponerfe a la c,mara de Comptos,la qua) en eíl:e propio ticmpo.incemo defpoffcer de he– cho a algunos Caualleros deílc Reyno,de cofas femejantes, 101> qualcs,por auer fido mas pode– rofos,fe defendieron en vue!lr() Coofejo, a donde obcuuicron ea fu fauor, y fe les guardo fu drc– cho, como fiendo neceffario de todo fe darava{bnce informació. Lo otro,porqae parece no es ra– zon,que a gence necefsirada, no folamcnte les obliguen a pagar los quarceles que deucn de fu par te,pero cambien les carguen la del efenco , no refulcandoks a ellos

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