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fopena del que lo contrario hi– :ziere,incurra en pena de treynta Jibras,por la primer:i vez,y la fe– gunda,fca dobl~da, focra de per– did:i la obra,aplicada e 11 L1 dicha formJ. Icen, c¡uc ningun:i cer:i pueda licuar mezcla de relina,crcmcnti– n:i,o arin:i de auas, ni otra cofa, fo pena de cien libras, por la pri– mera vez.y foa doblld:i la fegun– da,y la cercera,incurra en pena de pnuacion de oficio , fuera de perdida la obra,yaplicadas las di– chas penas en la fvrma dida. lten,los Alcaldes, yRegido– res, a donde les toca :i cada vno en fo dilhi..'.to,y jurifJicion,ayan de vilicar los ccreros,por lo me– nos de quacro en quatro mefes, có los V c~dore5 del olicio,donde los huuirre,o lino los ay, con vn ohli:il examinado,y aprobado,y que pt1c~an hner las vificas to– das las vezes c¡ue les pareciere. Icen, c¡ue para c¡ne fe ercuíen fraudes , cada vno de los dichos cereros, aya de marcar los cirios, y achas,c¡ue excedieren de media libra con fu m:irca,y c:ida vno la tenga difünt:i, y diferente de bs dcmas,y en caílo que fe hallaren los dichoscirios,o achas fin mar cas,el c¡ue las hizo, iocurr:i aun fiendo.buena la obra, c11 pena de doze libras , y fiendo wala fuera ele las penas arriba referidas,incur raen pena de cinquenca libras. lcen,q11c ninguno c¡ue no fea oficial exíaminado, y aprouado, pueda hazer el dicho oficio, ni pueda hazer obra para venderla, fino teniendo la cienda abima,y para fer exarninado,aya de auer fcroido oficial examinado cinco años,y el c¡ue en qualquiera def– ros cafos no cumpliere có lo dif– pueflo en ella ordenan~a, incurra en pena de cien Ji bras, por la pri– mera vez, y la Cegunda, fea dobla da la dicha pena,fuer:i de fer per– dida toda la. obra que hiziere, a– plicada en la forma dicha. lten,que lacer:iblanca,no fe pueda labrar, fino que efie muy blanca.y apurada,y.ayade derri– tirfe en olla muy bien efiañada, en agua,y ell:o defpues de auer fi– do repofada,y en Jos cirios,y ce– r:i hilada, fo aya de echar pauilo de algodon,y c¡uádo mucho pue da echarfe por la firmeza, folos dos hilos de lino, que fea muy blanco,y bien curado, fopena, q el e¡ ue diere mdl purilicada,y blá ca la dicha eera,y echare otro ge– nero ele pauilo, incurra en pena de diez y ocho libras , aplicadas en la form:i dicha, fuera de darfe por perdida 1.i obra. lten,c¡ue por c¡uanto algunos fe examinan para labrar fo lamen te cer:i colorada, porque no fabé tra~ar,ni labrar la blanca,y no es razon q nadie exceda de fu exa– men,y aprobacion , el que cx<;e- dierc

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