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Reyno , tomando fus mayoraz– gos en cl,yen cafoque lo pidiere no fe le concedan , y concedidos fean nollos, y que can fo lamente fean obedecidos,pero no cumpli– dos,y los dados antes de aora,no fe traygan en confequencia. rA eflo vos refpondtmos , y ordtn4- mos,y nuná4mos,que lasf4Cult4- áes , y ptrmifas , p1m1 m•gmAY bienes de m•1orat..go , fitos m ef te l(eyno , o c•rgAr cm[os,y otrM c11ntiáAdes[obre ello , 3 oblig11rlos fo 11yan depidir antt'Nos,y Los del nueftro Confojo l(e..l dtfte dicho J(eyno; donde con conocimiento de caufas,citdas las p4rtes inttrtfo· das,fe 1'erifiquen, y ju~ijiquen lits C4u[as que huuiere par4 CQncedtr– los,y con [u parecerJroueamos lo que conuenga,como Je h11 acofium– lmido,conforme a Lu Leyes del di– cho 1(.eyno,y Ji dt otr11 rn•nm• fa 11lc"11fllrt 14' f11cul14",ypermiflo, foan 4/Udos par fllfrepticias , y foan en Ji ningNllOS>J tk IJill,gll# rrMlor ,y efiélo. Ley LI. sobre el Aloque clU difpue!lo por I~ modo, <í LeyesdelkReyno,en qoan Cebade I . - tener en to a os cerero&', conuerma ana-; labrar la dir lo contenido en los capítulos cera, íiguientcs, Primcramcnte,queno fe pue– da labrar la dicha cera, fin que 34 primero fe vnda con agua, y fe re pofe en ella,porquecon dla vie– ne a puri6carfe,de fuerte, qoe fe aparta la efcoria, yen <:afo, que fin que preceri~ elta diligencia fe labrare alguna cer•, por la prime ra vez,íncorra el que la labro, en perdimiento de la dicha cera, y doze libras, repartirlas por igua– les parres.entrelaCamara,y Fif– co de fu Mageftad, dcnuncía,Jle, o Alcalde:, o luez , que cxecu– tare la pena fofodicha,fca inclu– yeodofe cambien la dicha cera,la fegunda vcz,fca doblada ladicha pena , aplicada de la mifma for- ma. Icen , que el pauifo qae fe hu– oiere de gall:ar en cirios, o en ce– ra hilada.ha de fer delino,O cfio– Pª•Y feablanco,y bien curado el hilo , y no crudo, fopena de que el que lo contrariohiziere,incur– ra en las mefmas pcnas,en el ca– pitulo precedente: referidas. Icen, <iºe en las achas fe pue– da echar pauilo qq ~ñamo, y por el cxcelfoque ay en cito, de aquí adelantcenvna acha de fcys li– bras,no(e puedan rchar fino ca– torze lúlos cocada quarto, y por que: podría auer fraude: en fer el dichohilomas gordo,odelgado, no pueda cxc;c~ el dicho paui. lo en Jouiuatroquarcos de ocho on~asdc pefo.y al rcfpeél:o ayan de baxai' en ca-l;t libra las dichas on~as de pauilo , reípeétiaaméce F 4 fopena

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