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los montes de Verilyn , Leo:z," Equifoayn,Zabal,a, Abin,ano, Sabay'1 , y Gardelayn con me– dia legua al rededor de todos ellos , y los montes de Erba· yon, Lumbier, San Saluador, de Leyre,Vigue:zar, Vfon,Ora– dre , y de Monte Oerra , con media legua al rededor de to– dos ellos : en todos los quales monees, y terminas fe vedo en la dicha prouifsioo , que nin– guna perfona , e:; perfonas de qualquiera condicion que fcao, no vayan :l ca~ar en ellos mon– tcria ninguna , feñaladarnente Ofos, y Iabalies de noche , ni de dia con armas , ni ingenio, ni de otra manera , fo ciercas penas , contenidas en la dicha prouifsion. La qua! parece que es conuinience fe mande reuo– car. pues conforme a drecho, y conforme al .capitulo oébuo, <JUe comienira , ningun villano titulo de'"-• ca~as, libró quinto del Fuero, y conforme a Ja Ley ciento yveynce y quatro de las O rdenan~as Viejas,y la Ley feys del año mil yquinienros cincaé– ta y ocho , :l donde fe perpetuo qualqniera perfona puede, y le es ]ideo ca~ar Ofos,Lobos, y otros animales ilell:e genero, y auo Jos lugares pueden a Jos tales ca~a dores darles algo de fus propios, y rentas,yprincipalmente la di– cha prouifsion , es contra la v~r- 33 tlld,y naturaleza-de los Caualle– ros nobles, y Hijofdalgo , a los quales, les es permitido qual– quier genero de ca~a,y en parti– cular la de los V enados,como pa rece de la Ley 120. d.: las,Orde– nan~as Viejas,en el fegundo Icé, que es la Ley primera, titulo 7. libro 5. de las Leyes del Reyno, y como ell:e Reyno tiene can po ca diíl:anri1,y en la dicha prouif– fion fe ponen cafi todos los mó– ccs,y partidas donde fe pueda ha zer femejante cap,no queda en todo cl,donJe podcrfe ca~ar, de lo qual(fino fe rc:media)védrH refulrar muchos daños, porq fe aumentaran los Lobos , Ofos, y otros animales,demaneraque ba xen de las fierras, y fe coman el ganado , y las cabalgaduras que coparen, y aun corran riefgo las pcrfonas 1 que confiderados ell:os inconuenientes.fe ordenó lo que queda dicho en las dichas Leyes e o in o conll:a·de fu tc11or.:.yha fu– cedido,q hallando vn' j>obrela– brador,q vn Ofo k elbúa-ahogá do vna baca fuya lo mato, y por cito fue acuf 'l.do ,y calligadp.Por lo qualfuplicamos a V. Magef– cad mande reuocadá dicha pro– oifsió, y no fe crayga en cófequé cia,y q en·losdichouni;ces,y par cidas fe pncda ca~ar ; ;cóf~rme i lo difpuc:ílo por el Fuero, y Le– yes dell:e Reyno,las quales fe ob– feruen,y guarden. .. ,F 3 J(efro~
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