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dores,o agrimeofore~, por o~ te– ner precio calfado , m cono~1~~· es excefsiuc>,el qua! licuan p1d1e• do Jo que les parece. Por lo qua!, fuplicamosa V. Magellad,orde– ne,y mande por ley.que en feme ¡anees cafos,d Alcalde de los lu– gares en cuyo cerricorio eílan las heredades que fe: calfaren, donde lo huuiere, y donde no lo hay el Jurado calfe verbalmente lo que fe ha de dar a los dichos vareado res,o agrimenfores, conforme al trabajo que huuieren tenido, cli midir las cierras. t<_ue fa haga como el '/\ero lopide, LeyXXXIX. Que los s V ele fuccdcr en elle Reyno, qu< cam· guc vn hijodalgo por necef– praren ca lidadcs gue fe le ofrecen o por o- ÍJsque tu r. d {' . ui<ren .r tras cau1as,ven e u calla en que cudo de tiene puefl:o fu cfcudo de armas, ª""",lo d ") bl quirédc- egc:nc~_ez3,yno c:zaavnoquc ~ro de _a- no es h1¡odalgo: y el nueuo due– no,y dia. í10 no quita el die ho efcudo , an- tes bien con difsimulac1on le de– xa en fo puell:o,para gue por elle modo; y con Íemcjáme poílef– fion, al cabo de quarenca años, conforme a la ley dd Reyno, que es la ley 64. año 1583 .fe de– fien_da,y alegue,gue puede cener el dicho cfcudo, y vfar de las di– chas armas, y por elle modo,in– troduzidfe por hijodalgo,como por experiécia fe ha villo,en pet juyzjo del feruicio dé V. Ma– geíl:ad,y de todo eíle Reyno , y de fu nobleza;Por lo qual,lupli– camos a V. Mageíl:ad, ordene, y rnande, que los qu~ comprare_n femejantes caías quiten los di– chos eícudo·s dentro del año, y dia dcfpues de Ja tal compra. no perteneciendolcs los dichos ef– cudos por fu propio drccho , en pena de cien ducados, aplicados la micad para el Fifco, y Camara Real,y la ocra micad, para el dc– nunciancc,y fo la dicha pena, dé– cro del dicho termino hagan Jo propio,los que de quarenta años 3 eíl:a parte ,huuieren compmlo las dichas caías;y 9uc no les cor– ra prcícripcion, ni polfefsion ~1- guna en fo fauor, la que tenian comeni¡acla anees de la promul– gacion deíl:a Ley. ~t fe hag4 como el 'J( ryno lo pide; con que la penafea cincuenta """= cados, LeyXXXX. Lc~cla y qac V V M ' h h habla de A nquc • . nos a ec o losiuezcs merced en mandar por Ley qlJcle foc q ~ ningun 1 uez delle Reyno que re fin de– . ' xar los vo fuere promomdo a ocra pla'ia del t-•s,fe en· o de oera manera fe fuere,o aufcn tienda ti· fc . I {j d J bié en lo• care,no e fa ga m exar votanos cafos an- por efcrito codos los negociostcrior•~que muieren viíl:os , y en cafo d~~~nt;~; que fe aufcntarc lin dcxar fus parc~s. votos
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