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dio. Suplicamosa V.M. made prouccr por ley.que las in.fo~ ma dones, 6 prouan~as de fihac10n, 0 decendencias,hcchas para pro– uar algun drecho, no puedan a~ proucchar para prouar dcce11dé– ci3s,ó filiacion para hidalguia, o limpiez;i:y que en quanco a ello fe cengan por nulas,y de nin gua valor y efeéto. A ejlo rrJPondemos, que las tales pro– uanfúS nopuedan parar per¡uy~o arerceros,que nofuerm citados, Ley XXXVI. Que no p OR la ley p. año I 569.gue fetnr;tule es lalev 9.libr. J.timlú 3.de Rccoptla J . 1. . ¡:¡ · d"fi íl: cion <1 li- a Recop1 ac1on, e a 1pue o, bro que c¡ue las le) cs,y ordcnan~as deflc bi:o el . 1 fc . • licencia \ey~10,n~ e 1mpnman lll a:1ª.n do .Armó den 1'11pr1m1r, fiuo es ha p1d1- da'." • nt mienco de los tres Eftados y {e Juzgue • • ' poi el, y Reyno,o Srnd1cos del. Y que e- fe ponen fcétuada l:ital imprefion, quádo penas. los Sindicas la pidieré, y ta!fada b cbra por V .Magdlad,o vue[– tro Vifforrey , y los del vuellro Confcjo en fo RCJI nombre, q las cíudades,bucnas vilbs,valles, y lugares donde huuiere Alcal– ?es, ~yan de tomar lo c¡uc a!Si fe imprimiere, por lo que fuere ca[ fado.para me¡or goui··rno foyo, y obferuancia de las ulcs leyes. Y ha foccdido,que concrauinié - do a la dicha ley, a hecho vn li– bro el LicenciaJo Armcr;dariz, y ha impreffo mucho; cuerpos del, fin orden del dicho Reyno, ni de fos Sindicos, llamandolo Rccopilació de las Leyes de Na– uarra,y a mas de Ja dicha concra– bencion, no merece cal nombre el dicho libro, porc¡nc folaméte contiene vnos fomarios facados por fu parccer.-dc las dichas Le– yes: y afsi los Dipucados y Sin– dicas deíle Reyno, acudieró por el reparo al llluihc vueil:ro Vif– forrcy, y por auer dado licencia el Confejo , c¡ue fe imprimiera femejance libro, y de auer dado prouil;ion , para c¡uc todos los lugares los recibit ffen,y [e man– .: o.que no cuuicITe el dicho libro c'culo de Rccopilacion, fino de Rcporcorio y Sumario de fas Le– yes del Rcyno,y anli fe emenda– fe en todos fus libros: y ello ta1n poco no fe ha obfcruado, porq corren los libros con el dicho titulo de Recopilacion. Y vlci– mameme , eíl:ando efle Reyno cógregado en las prefentes Cor tes Generales, ha afixado mu– <.:hos papeles impreílos, el dicho Licéciado, por todos los lugares publicas de ella Ciudad , dmdo en ellos ticulo, y nombrandolo Libro de las Leyes de elleR ey– no, concrauinicndo a lo q le cttá ordenado, y mádado. Y a mas de la razó ij ay ,de 4ue fe guarde la ley,

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