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Notl . dis,los ciento que ay de diferen– cia,fc acrecientan por la cuerda, poluora,y plomo que han de gaf rar en tener en orden los arcabu zes. Han de fer las dos tercias par tes de la die ha compañia de pi– queros , y la otra de arcabuze– ros. En emregandofcle fu condu– ra,ylos ocros dcfpachos para lu– zer b dicha cornpaíiia, yrá a cf– tlr,y rdidir en el partido ciuc fe le feñala, y fo lamente cfcriuid. los {o!Jaclos q uc fe quiliercn af femar en fu compañia, fin kuá– tarlos, ni quirarlos de fus amos, ni oficios que muieren : y a!si mifmo eícriuira los que de fue– ra vinieren a a!Temar en la dicha compañia,y a los vnos, ni a los otros no fr les feí1alara apofento ni los ha de alojar ha(b c¡ue por carra de fo M2gcllad fe le orde– ne,o por la orden que licuare el Comiffario,.ic¡uirn tocare guiar h dicha compañia en la forma que fe contiene en la in!hucion que licua defoMagcílad,fino fo– lamence tenerlos efcritos como elB.dicho, y aliflados, para que quando !e le ordenare los pL1cda lcu~otar para caminar derecho 3 la parre que huuiere de yr la di cha ~ompailia. · ~ 1 algun foldado auiendo¡e– c7bido focorro,fe aufemare de J:¡ dicha comp~ñia fin feruirlo,tra- b3jar:l de auerle,y auifara dello, para que fea cafügado. Luego en llegando a fo par– rido,dara la carta de fu Magef– tad, que licua para las jufücias del,en que fe le manda , que le den,y hagan dar el ayuda, y fa. uor que fea neceffario, para que h;iga la gente con la breuedad que conuienc,y fe dize la orden quc fe ha Je cener en el conoci– micnco de los cafos que fucedie ren entre la tfüha gencc,y Ja de los pucblos:yafsi mifmo dad al fcñor la carta de fu Ma– gelhd que llcua para el, eo éj fe le efcriue,haga proueer deCapc IIan para la dicha .compañia , y tomari tefümonio del encrego de ambas carca.~, ylo darii alCo milfario que cocare gniar fu com pañia.F echa en a de de Ley IX. P OR auer experimentado ef· n .. ,_ ~cno te Reyno, los danos que le •ya u tfa refulcaron de auerfe pet1uitido d~ tri50 huuie!fe taffa pa"ra el trigo el año oiccua ª 1586.fefuplícó a V. Mageílad, q fe c¡uitaffe aquella;y al delante no la huuiclfe:yV.Magelbd fue fcruido de prouerlo anfi , como con!b por la ley 5.del año 1586 que esla 19.libro 1.tit. 19.de las leyes dcHc Rcyno.Ycoo.fc:r anli, que

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