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Del Año de. M.DC.VIII. 15 guimichto,y no fe quiíieren fubjetar a la :foz Real,les pu~dan los fuplicátes tirar,y otfer.derlos,yfe aduierce,que ella facultad,tienen los de Oyarrun, y y con premio de a diez ducados por tiro de los sue hirieren,que en ell~,&c. A eflo ".Jos reffondemos, que 'l,fen defu derecho los 'Vtz..:Ínos de las di- chas cinco 'Villas, prrra defenderfas 'Vidas y haúendas ;pero fa les permite que todas las 'Ve:<:ces q los Citanos q diz.en , hiz.ieren entra– da en efic Reynopuedtm juntar lagente armada, quefuere mene– fler par.;prrnderfos ,con que prefas los ·em6ien 4 nurjiras caree/es Re.,/es con infarm.1cion de lo que 'Vuierefocedido. Ley. XXXIX. I Lluflrifsimo Señor la villa de Tafalla, dize, que como es notorio acodo el Reyno ay en ella vna caía , y Palacio de los mejores , y mas antiguos A ~ 9 ~illa del dicho Reyno,adonde los Señores Reyes viuian y hazian fu habitacion ~e 1 ;%~ de ordinario,haziendoles particulares mercedes, y defpues ad. todos los en qu&a lo demas que han fucedido lo han honrado, y honr~" con cartas y ocras cedu- r.~~•d';,";~ las Reales,dandole por ellas quema de los felizes,y profperos fuce!fos que J~I n;,~~ las perfonas Reales han tenido, y v!timaméte,por particular carta del Rey miento cid nuelho Señor Don Phelippe T ercero,por la qua! fes dio auifo del nacimié ~~~fü~esc­ to dichofo del Principe nueH:ro Señor, mandandoles que por qn°bucn fu . iiór. eelfo hizidfen demonfüacion de alegria y regozijos,como por la dich,t car ta parece que con eíl:a prefema;en cumplimiento delo qual la dicha villa hizo las fieíl:as y regozijos,que a todos es notorio,en las q110les demas de la. facultad que el Señor Don loan de Cardona Virrey deíl:e Reyno les dio, gaíl:aron trecientos y cinquema y feys ducados poco mas,o menos, có auer andado en fus gallos muy limitados, y parece fer,que en palfar el dicho gaf~ ro GllC can juílamemc fe hizo podria reparar el Confejo, y pués en ello los que hizi, ron el dicho gallo anduuieron con fin de cumplir con lo q fuMa- beflad del Rey nueíl.ro Scñor,les mando por fu carta, y no feria raz?n que por ello les vinieffe algun daño, para remedio delo qual aduierte a V. Se~ ñoria Illuíl:rifsima,y fuplica fe pida Hu Mageíl:ad, pa!fen en quenta a la di~ cha villa rodo el gallo que en las dichas ficflas y regozijos fe hizo ,que en ello rcccbiran bien ymerced,&c. . .· _,..¡ ejlo 'VO.r rc.rpondemos, que mojlrando y haz.iendo fique gaftaron la cantidadque di:zcen por ejlapeticion,en haz.,er las ftejlas que diun, y no en otra cofa ,los del tJHejlro ('onfejo fa la tomen y pajfm en qu'i- ta por bieng"'fiada. · C4· Ley.XL.

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