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Leyes de las Cortes de N auarra, que fe les haze,porque lo que fiempre fe ha vfado y acoíl:umbrado, ha fido y es,que los recebidores y cheforeros fuelen cobrar, y cobran de cadame– rindad los quarceks y alcaualas,quicados y deduzidos los rebates que elli alftmados de mucho tiempo aca,en los libros dela thcforcria,fin embargo, que algunos de los que pretcndian tener alguna exrmpcion eíl:uui¿ffen en· pJeyro por razon della, fiemprefr han admitido y p.1lfado rn querita las pa~tidas rocames a ellos,con fo Jo poner la razon dd cal pkyro, fin auer nú · ca procedido contra ellospor via cxecutiua como ahora intenta hazerfc por la dicha camara de Compros,en remedio de io c¡ualfoplicamos a V .Mage– fl:ad ¡irouea y mande,tiue en los dichos cafos,los Oydores de Compras, no · a}'an de proceder,ni procedan por vía exe.::miua,comra Jos cales excmpros, · ni comra Jos pue bias , o valles donde ell:uuicren fus cafas, ni rampo comra los que no vuicren pagado quarrcl ni alca11ala, de quarema años ac1,o qnc aJomenos, ;:pelando !as parres de la femrncia de Jos dichos Oydores de Comptos, fe fufpcnda el effeeto, y exccucion de femcncia por ellos decla– rada en la via exccuLiua,micmras ay pleyro en Confcjo, y aunq no fr de– clare y difi na,c:imo fiempre fe ha hecho,que en ello,&c. A ejlo '7.:0.1 de:zimos , que les del m1eflro Confejo han tenido haJla aqui ct;)'dtido de rpe a {,1S partes que injuJlawente han fido executadas J~ les gtt.1rde f 't jt!Jlicia ,y el ,"tJefmo lernan a! delante, dema11er4 que laspartesnoreciban agrauÍQ. Ley. XXIX. '•· s e K) Mager.ad,los tres Ellados de eíl:e Reyno de Nauarra, que ~~: J~ 0 ;~~ • • .1\... •eíl:amos juncos y congregados, entendiendo en Corres ge- ·~~'" d,_ neral ,-s por aúdad0 de V.Magcíl:ad,deúmos, que en el capic.r. que fe em– ~'~r~~:~:~: bio fobre c1uafüles y alcaual;s,fe fuplico a V. Mageíl:.ad, fueffe feruido de ;:c,~r~ 1 ,'ó ordenar ymandar,que los Oydoresde Comptos, no procedieffen por via ':ª.'~~ que execuriua contra los pueblos,o perfonas que eíl:auan en poffefsion de no pa ~~~: ~e!':~ gar cofa alguna,lin embargo que vuitffe aJgun pleyto fobre fo exe!l,'lpcion, ;~~m,~;~ o que alomenos,rn_cafo que proueyelfe~ deexecutoria c~mra los tab, y t~~~··rr: declaraffen frm~nc~a,mandandola comm~nr; fef~fpend1cffe el cff~él:o ~e­ v~• Pº' c1 lla;y no fe cxecmafk, apelando las partes a Confr¡o, haíl:.a que alli fe d11i– ~~~~ <;on- nidfe la caufa,y fe h~ rdpódido,q los del Real Cófejo, haíl:aaqui háceni- do cuy1fado,q mdie fea injullamence executado,y el mifmo cendran al de– lante, demaneraque .l. las panesno fe les haga agrauio,có la qua! refpueíl:a. •no fe ha decreradc,ni prouee lo que el Reyno fuplica; porque aunque no fe pone duda,en q los del Real Confejo han procurado,y proruran, é¡ a nadie fe haga iftjullicia:pero paraque eíl:a fe efcufe, y no fehaga vexacion alguoa a nadie,

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