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Libro I l. De Probatíonibus . b caufa,y íi dlo entendidfe el juez,mejor esque vengan los tefiígos perfonalmentc.Pero {i la otra parre con_íintier~ que fe de c~rta. recc– ptoria,y concuerdan de b p~rfona que los rec1ba.,que el v1cano co. 111eta la rcception,y le e1nbie aparcadan1e nte, porque manera ha de preg1.,1nt~r losteüigos,po r capiculosfirmados de fu nombre, o arti– culas o interroaatorios,G le fueré dados,que los prefente al talconiif ) t, fario)e inxicra fe la dernanda en h carca receptoria,porque íi n1alfe prcgútare,o por aquello perdiere la parte el pleico,que fea obligado el ·comiffario a ello. Y en lascartas de receptoria póga fe,q reciba los refl:io·os,en los terminas e horas acoíl:umbradas que haze audiencia! fi esjuez.Y {i no,en faliédode miíla mayor,o en Ja ygleíia,porque la.,. parte Cepaa que hora hi de venir,porque no fe haga fraude . Y el ef- - criuano aíli lo efrriua en b carta,y en el proceífo.Y pon g-a fe la clau fub,quc pueda dar quarto plazo fila pan-e lo. pidierc,h;;,1édo iura– méto,q lo pidc)porguc no puede traer fus teíl:igos todos en el prime r cermino,o en el termino affignado.E[o mifmo fe póga que {i la otra parte reprobare bs perfonas de los teíl:igosprefentados,q reciba el co miífario las cócradiciones,y teíl:igos Cobre ellas,y les tome juraméto, delanteh parcellamada para ello,y de4)l1esde recebidos y tomados los dichos de losceíl:igos [obre las cócradiciones por los int erroo-~to ~ b ríos de h parte aduerfa {i los diere,quc todo ello lo en1bie felbd o y cerrado al termino cierto en la. carta a[sign.1do, afsi que de vn ter– mmo p1r:1. prob1r ,y otro para reprobar íi la p:ute qui~e··e. Y dto es porque mejor esque alla do [e ton1an los tcfhgos fe rcprueuen:que: no aca do fe han de publicar,guc es cfcufar n1uchascoílas. C A P I T V L O S E G V N D O. ~e c:nlas c~u... fas que no fueren criminales , G bs p~irtes fe concorda– ren y lo pidieren , fe cometa la recepcion de los teíl:i~ gos al juez y efcriu:i.no que las parces pidieren , faluo (i rot~ alguna caufa legit ima al prouifor lo contrario pa- . ree1cre. Ik 11_ Atonfo de porque algunos juezes y efcríuJnos de con1iísió no embiauá los ('.db l. rn Logro , ~ '- ,.,b. . ño.año.1n?• procd1os,ta 1é ordenados en la examinacíó de los tcíl:igos <=:O- mo d_cuii y era razó,y la ,iuíl:icia depédia de las prouá~as>ynue fhos pro 1 nforcs e vicanos geueralcs fe halbuan confufos en Ja. ~ fX :1minJ.cion de b jufbci:i.,naradar las fcntencias .embi:iuá [e rece· - r ' peo

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