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De Iudiciis. Fol.xv CA p I T V LO I l I I.~e el que leyereb carta fea cleri– go. Y [i ,fuerede excon1 unionJa notifique a los curas y cle– rigos de la ygldia del lugar donde fe leyere. A Lo-unos embian fus cartas y cenfuras a hs ygldias y lugares d;íl:e obifpado có perfonas que no fon dcrigos:y lo que ~eor es,cumplen las carcas,Gn lo hazer fobcr a los _curas y clengos de lasdichas ygldias,de lo qual fe Ggue que los fd1grdfes 1nuchas vezes dl:an ex~omulcrados y denunciados , y los dichos curas y derigos no lo faben,p:ua los euitar y an1oneíl:1r. Fue diffinido y determinado para euitar efl:e daño que· bs cartas que fe leyeren en quak1uier de las yglefias defl:e obifpado, que el que las cun1pliere fea derigo. Y bs cumpla y notifigue delante del cura, y clerigos de b ygleíia do fuerc,o de algunos deHos. Y que aflino fe h:.rziendo, la tal leél:ur~ no fea valid1,ni obcdecid~. CA P. V.~1e las cartas que [e ouieren de leer en las ygle– G1s fe lean donde predican, o donde .dizcn el Euangdio y al tiempo de Ia offrenda. P orque fe dl:oruan los diuinos officios por c1 leer de las carr1s, or<lcnamcs que carca alguna que fe aya de leer en la yglefr1, no fea lcyda,en t:into que fe dixere fo, n1i!fa.:faluo a l:1 ofFren– da,o en fin de la miífa.Y 111andan1os que fean lcydas en el puf piro donde [e lee el Euangclio,o do predican,G lo ;,.y, por que n1ejor lo pucchn oyr los que::illi cihmieren. CAP l. VI. En que n1aner:1 fatisfaze vno a h 111onitoria que le fue incimac.·b,quando viene a reíponder a ella. P OrtJUe n1uch as vezes alas monitorias no mueíl:un razones le– gitimas~ ni las alegan aquellos contra quien fon d;idas, y creen los que vienen a refponder, que han fotisfecho en fo– lo parecer _,y anG fe quedan fufpenfos, o excon1ulgados por no 1110- ftrar razó legitíma,en gran peligro de fos anirn:is. Poren de ordena– n1os que en ninguna carta 111onitoria fe pong-a que venga 1110- firando pagJ., o quita, o razon legitima, fal~o ;legand~Ja, por qu~ era grau~ cofa venir a moíl:ra.r la tal razon, y rnanda111os que el JUez examine anees el negocio. Y íi .alegada. la tal razon, delia · · mef Do11 Fray luan de qucmada,en Logroño, afio 148 º· D\~ Diego dq :u 111gl en Logro~ .ño aüo 1410 . Dó Dicgode~u~ nig:1en Logrof íioaño1+10.

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