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clerigos ceífen a diuinis>y lo notifiqué al obifpo dentro dc .feis días. folio lxxxíiij. Cap. XII. ~e en qual quier rebellion que ouierc en los procef- fosecclefiaflicos o [obre la viíicadó de lasYglefias,que todos los de rígos fauorezcá ;l obifpo,!o pe~1a. de vn cxceífo. , . folio lxxxiiij. Cap. X. I I J. ~e (i algu ~lengo por.defender la.)1bertad ccclefia– fHca,por temor de algun fenor anduuxere aufen~ado de fu ygleGa que feaauido por prefenteen elb, y con el Arc1prdle fe _prefente ante el obifpo. foho lxxxv. Cap._XIII I. ~e los derigos_nopaguen alcaual~. .-11L otro~P~·– chos aíli delos frutos de fusbeneficios como de las fabncas y pnm1- cias de las ygldias fo pen:1 de fendos exceífos. folio lxxx v. Cap. X V. De la form:t que fe.ha de tener en e~ poner de la ccf– facion a diuinis,y el modo de proceder contra los que hazen contra la libertad eccleíiaíl:ica. folio lxxxv. Clp. XVI. ~e los m1damientos que los feñores téporales dieren par:t q losclcrigos parezcá ante cllos,no fea obedezidos ni cúplidos. Y de laspenasen que caen los que hiziercn lo cótrario. folio Ixxxvj. Cap. XVI T. ~e ningun clcrigo ni lego entre en la yglefia con arma,scontra voluntad de losclerigos fo color de tomar poífeísion de beneficio, fo pena de fufpenfion a los clerigos, y excomunion a los legos y de cient florinesa <;:ada vno. folio lxxxvj. Cap. X VIII. ~e en los cimin.teriosde las yglelias del obifpa– do no corra toros, ni vacas ni losclerigos de orden facro,falgá a los capear ni ajugarcañas,ni juíl:ar allí, ni en otra parte. folio lx:xxvij. Cap. XI X. ~e a las ygldia~ y fus fo.bricas no fe lleuen los· dere– chos en eíla coníl:itucion contenidos por dcfuiofarlas.folio lxxxvij. Cap. XX.Q!!e tanto tiépo fe han de cófontir efié\ren fas yglefias, los q huyendo de la jufHcia fe retrahé y acogen ~n ellas.fol. lxxxvij. Cap. XX J. ~e los notarios no llcuen derechos a1guno~de ]os pJf!jtos que las ygldias mouieren moíl:rando parecer de letrado ~uediga ~ue tienen juíl:icia: fol~olxxxviij~ Titulo ne Clerici vel monachi. _e A 'P. l. ~e ningun clcrigo fea folicitador ni próctirador de cuidad a1gun~>ni deconcejo ni de vniuerfidad ni comunidad feglar . nt

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