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De Vfuris. Fol.xcv agua, porque fienta el peccado que hizo. Y defpues que ande publi- co penitenciario dos meífes por la yglefia.de Calahorra, y otros dos por lade la Cal~ada,y defpues que vcnga :a nos a que le conciliemos, y torne a [u ygleíia con dolor Gen1 pre y amargura de Cu anima. Y íi la fegunda vez con aquella,o con otro tornare a aquel pcccado:que fe·d;ble la dicha pena,y fila tercera vez cometiere tal delito:que fea. punido como incorrigible, en carcel perpetua,y fea pueíl:oalas puer tas de lasygleíias,con vna n1itra,fcripto allí el maleficio.Y íi có n10-. ~a que fea hauida por virgen feechare, o la facare'.~ecaía de fu pa~ dre por [u ocafion, o engaño, o de cafa de fus parientes, que caya en .,,.,. graue exce.ffo > y demas que fea obligado a la cafor fegun pertenece al eíl:ado della> con lideradas las fa.culratesdel. Y que nos lo ca!lí– garen1os tan grauemence que fea a ocros prouecho. Rubrica De Vfuris. CAP TT V LO PRIMER O. Qt¿_e ]osbienes de las con– fradias, o menores>o concejos, o yglcÍtas no fe den a logro, ni fe vendan mas de lo que valen al tiempo que fe dan, por la eq,era del .tiempo. 'Ye Ala/e-u~ ,fl%u¡¡;:np ·'11;¿; h46e.r ~ ,-r1:z, ¡;:-K– ad'ír4nu-n, fea¡;,¡;,– -M-li,/;m, r " ¡r~, AL LAMO S en eíl:e 1:ue!lro obi{pad~ vna n1uy t1Jr;, -. graue coíl:umbre en !os bienes d~ bs confradias,y de j : ~~ •. ,· ~. :..<.:J losmenores, e ygld1as, y conceJos> que fe dan a lo~ ~¡J :-ft,Y¡i~~ .J gro manifie!L1mence fo titulo y color diabolico: d . t~"'~;;:;~2,, .. _j~ qua! pccc1.do es ya tan comun gue ninguno ay de los [obre dichos, o pocos que no lo hazen. Porende ordenamos que de Jo~ bienes, y rentas de las confradias y de los menores> ygleGas,y con ce1os,nofede cofa alguna a logro> [o pena que el que lo hizicre,o los (]Ue Johizieren,y confencieren,cayan en las penas de los vfureros. Otroíi an1oneíl:amosa los confrades de las dichas confraJia s,que expendan en las obras piadofas y en buenos vfos las rentas, y frutos de los bienes de las ta les confradias, y gue los curas de los Juo-ares fc t:J· b ' 1 ean o) rgados de caíbgar y reprehender los Cobre dichos, y nos· haz~r relacion dello. Otroíi defendemos guc no vendan el pJn ni el v1'.10 de las confradias y menores, e ygldias, y concejos>a mas precio de lo que valieren al tiempo de la venta, por quanto [e aco – íl:umbra a vender por 111:is precio por dilacion del tiempo y pla 1 os que Dó Diego de ~u niga en Logro~ ño año. 14 10.

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