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Depr~bendis & dignitatibus. Fol.xlvij cordias illicitas, por las qualcs fe protneten y dan derecho a losbe– neficios anees que vaquen ni ceífen. Ordcaan1os y n1a11damos que en los numeres y concordias que de aquí ~delante fe hiziercn, no [e de derecho ni promeífa a.beneficio alguno, anees que vaque o ceífe,y lo que de otra manera [e hizicrcJca enG ninguno,y de nin– gun valor y effeéto. CAP l T V L. X l I I I. QE.e los clcrigos beneficiados de las ygleGas numeradas, G quiGercn gozar de los [eis meífes que tienen para. prefencar, que pongan luego capclla11 que íirua en lugar de muerto, a cofta de los frutos del be– neficio vaco. P Or gue a nos como Paíl:or pertenece prouccr-quc las ygleGas de nuefho obifpado (can bien ferL1id.1s, y no defraudadas del deuido feruicio.Y fomos inform1do, como en algunas de bs que fon nun1eradas, los c1erigos beneficiados dellas con color de 'go zar de los Ceis rneG:s que tienen p~ra prefcnt~r )dex:i n de prouecr los beneficios que vacan por Jquel tiempo,y algunos ddlos frgú fe prc– fume, hazcn lo con de11eo de gozar de los frutos del beneficio vaco, quando a ellos acrecen, y aquellas ygleGas fon priuadas por :1qucl tiempo de vn feruidor. Porendc proueyendo con10 lo fofo dicho fea remediado .Ordenamos y mandamos. S. S. A. que de aquí ;i.del:uuc en las dichas ygleíias cadl y quando que vacare algun beneficio: {i los clerigos, que han de prcfentar quiGeren gozar del dicho feme- - íl:reo mucha p:irte del, no prcfcQ.tando al beneficio vaco, que lue– go pongan c:1pdlan que {irua en la ygldia en lug:udel finado,y fea pagado de los frutos del tal beneficio. Y eíl:o fea donde no ouierc co íl:un1bregue e I dcfu neo los goze. CAP I T V LO X V. ~e níngun clerigo que aya feido frcüle profeífo pueda. arrendar,ni fcruir beneficio ni capcl- 1ania en nuefha diocdi,{in nucfira licécia.La qual no pue– dan dar nuefhos officiales,ni para que digan mi!Ia.en eíl:a. diocdi. A y_cn1os fabido que muchos religio[os,pofpudlo ~l temor de D10s,y la obediencia de [u orden,con fa.lfos rcbc1one.s,y con diuerfas n1locras de enga;o, que para ello tienen, an glna– do,y cada dia ganan licenc ias y facultades .para mudar los abicos, y dizicn Dó AJófodc Ca íbll ?. en Lor,ro ño año. 1r39. Don loa Bernat de Luco en Lo, groiio, Año . If4f•

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