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De Fideinftrumentorum. ·o Rdenamos que los efcriuanos no lleue_::dineros por las Dó Dicgodcr.a efcripturas, Ciluo de aquellos quefrts quiGeren,y a quieo ~~:~~ 0 L 1 °;;~ tocan o pertenecen:y no de aquellos concr:i quien fon,non 'obílante qualquie~ cofiumbrc contraria que fe puede llan1ar irr1- cional. CAP I T V LO I I I. QE.e el juez y eCcriuano fean teni– dos alas coíl:as, y daños, en la tarda nea que hizieren, en lo que pertenece a ellos de hazer. O Rdena1nos que qualquier cfcriuano, o juez que retardare D~ Diego dc~u . J } 1 r 111ga. en Logre ne dar as efcripturas o proceífos a las partes, que e 1ea ob- ño.año,1410J. : 1 . ligado llanamente a las cofias, y [das haga pagar el juez al ..r-/' efcnuano, G fuere en c~lpa, o laspague el mefmo jue'l Gpor fu cul– . pa fuere tardada la efcnpcura. Y que en eíl:ono fe ponga otra d1b– don,y prouea el vicario o juez majorfobre ello. CAP I TV LO I I I l. ~e ningun notario Apo{lolico defie obiíjndo, lleue mas de las efcripturas que ante el paífaren, de lo que lleuan los notarios de b audiencia. _ .. P Or quá_co los notarios Apoíl:olicosdeíl: enueíl.ro obifpado lle- ºc~i 1 ; 1~~~~: . • uan muchos y demaíiados derechos por bs efcripturas que ··ño añoifb1: ... · ante ellos paífan,y hazen muchas vexac1ones, queriendo pro- urer cerca deíl:o, Mandan1os que los tales notarios no llcuen n1as · derel hns por bs efcripturas y altos que ante ellos paffaren,de le que Ileuan los notarios de nudl:ra audiencia, y qualquiera que mas lle- uare que lo torne con el guatro tanto. Y porque no pretendan igno Addici011; r111cia delos derechos que há de lleuar)declaranfe _ enel Aranzel que eíl:aal fin dcíb.s confhtuciones. CAP I T V L O V. ~e los juezcs y receptores de co– n1i{sioncs,y officialc:s de nueíl:ra audiencia, ni delos vica– ri os, no pofen en cafa alguna de las partes,ni reciban co- (1. alguna delios,fo color de derechos ni en otra manera. O Rdenamos y midamos que los juezes de comi[síon depu– tados para l~aze~ las probá~as de bs can fo~ J g~e penden en nueíl:ra aud1enc1a,y de cod:is las otras aud1ec1:.1s de nudlro ob1fpado,de todos nueíl:ros vicarios, y los receptores y efe.. 1 ilu n ('S, arn:c-quien p;1ff-1ren bs dichas proban~as, y examen de tcíl::gns que no pofonen caGialgunaddas partes,ni reciban de alguna ddb.s co- n1idas Don Alonfo de <_:,, ·bl. t'11 Lehro ño.,u10. : > j9•

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